El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Betanzos (A Coruña) ha acordado el sobreseimiento provisional y archivo de las actuaciones seguidas contra los autodenominados 19 de Meirás, que accedieron al pazo en 2017.
El Tribunal Superior de Justicia de Galicia informa este martes de esta resolución sobre 17 personas por una protesta en el pazo de Meirás realizada el 30 de agosto del 2017 durante la que accedieron al recinto, desplegaron pancartas contra el franquismo y exigieron la devolución del inmueble.
Según el fallo, "no puede atribuirse la responsabilidad a todos y cada uno de los intervinientes, de un modo genérico, individualizado o discriminado", ni determinarse "en ninguno de los investigados, en concreto, la causación de los diversos daños".
Así, argumenta, al no aparecer "debidamente justificada la perpetración de los delitos, así como persona individualmente responsable de los mismos", se acuerda el sobreseimiento provisional y archivo de la causa frente a los 17 investigados.
El Tribunal Supremo también declaró en marzo de 2021 el archivo de las actuaciones seguidas, por su condición de aforado, contra un diputado del BNG que participó en los mismos hechos.
El alto tribunal consideró entonces que no concurría el delito de odio previsto en el artículo 205 del Código Penal, ni tampoco un delito de allanamiento de morada, pues los querellantes "no son un grupo minoritario que requiera una especial protección".
Sobre el delito de daños en la cubierta y muros del pazo, el Supremo entendió que la actuación de cada interviniente "no puede ser individualizada" y "tampoco resulta acreditada la intención dolosa y conjunta por parte de los partícipes en la reivindicación de llegar al acuerdo de producir dichos daños".
Para los 19 de Meirás, esta decisión del juzgado de Betanzos es una "victoria" de la que están "enormemente orgullosos" tras la ocupación simbólica del Pazo de Meirás hace cuatro años.
El auto no es firme y cabe recurso ante la Audiencia Provincial.
Galicia
Archivada la causa contra los 19 de Meirás tras una protesta en el pazo
Según el fallo, "no puede atribuirse la responsabilidad a todos y cada uno de los intervinientes, de un modo genérico, individualizado o discriminado"
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