El alcalde de la localidad cordobesa de Montemayor, Antonio García López, se ha dado de baja de IU tras abrirle la formación un expediente después de que hace unas semanas fuera detenido por la Guardia Civil y puesto a disposición judicial por la supuesta comisión de un delito de violencia de género.
Así lo expone IU en una nota, en la que detalla que una vez se tuvo conocimiento de los hechos, desde el partido, "en coherencia con los principios y compromiso contra las violencias machistas", se ha adoptado una baja cautelar de militancia y se le ha requerido al regidor, conforme a los estatutos, "documentación sobre los hitos más significativos del procedimiento judicial: denuncia, posible parte de lesiones, etcétera".
Tras "incumplir todos los plazos", Antonio García exclusivamente trasladó un auto del Juzgado de Violencia Sobre la Mujer en el que se acordaba el sobreseimiento provisional de las diligencias previas abiertas, y unas alegaciones en las que, "sin negar los hechos", solicitaba que, a resultas del auto judicial, se dejara sin efecto la medida cautelar adoptada, "por haber quedado suficientemente acreditada la falta de comisión de la presunta infracción tipificada como muy grave".
Al respecto, en el auto del Juzgado de Violencia Sobre la Mujer se refleja que "la presunta víctima ratificó su denuncia ante la Guardia Civil" y sustenta el sobreseimiento provisional de la causa en que "la presunta víctima se acogió a la denominada dispensa a declarar, que le reconoce el artículo 416 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECr)", explican desde IU.
En este sentido, indican que "ha de repararse que, según el artículo 641.1 de la LECr, el sobreseimiento provisional se adopta cuando los elementos probatorios que se han obtenido en el transcurso de la instrucción de la causa resultan insuficientes para continuar el proceso, de forma que debe suspenderse temporalmente el mismo, en tanto no se descubran nuevos vestigios de la realización del delito que permitan su continuación, y, por tanto, es diferente al sobreseimiento libre de las actuaciones, regulado en el artículo 637, para los supuestos de que la convicción judicial es de certeza de no existencia de delito por parte de la persona investigada".
En vista de estos antecedentes, los órganos de IU trasladaron a Antonio García que se ha procedido a la apertura de expediente y que "estatutariamente se encontraba en situación de inelegibilidad para concurrir a las elecciones en una candidatura de IU".
Ante ello, señalan que "Antonio García no ha querido esgrimir su defensa en el expediente disciplinario, sino que ha procedido a cursar su baja como afiliado a IU, evitando así la tramitación del expediente".
Desde da dirección provincial de IU Córdoba han reiterado su "compromiso firme y sin fisuras con la lucha contra todas las violencias machistas".