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Miércoles 13/11/2024
 
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Jerez

Rojas recurrirá la sentencia de 30 meses de inhabilitación

Resolución emitida por Juzgado de lo Penal por no facilitar el acceso de información al PA

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  • Rojas ha anunciado que tiene intención de recurrir la sentencia condenatoria. -
  • El juez considera que la omisión de la petición equivale a una negativa expresa a su consulta
  • El ex regidor lo tacha de ?auténtica barbaridad? aunque no le influya ?a efectos prácticos?
El ex alcalde de Los Barrios y secretario local del PSOE, Alonso Rojas, ha avanzado su intención de recurrir la sentencia por la que el Juzgado de lo Penal Número 4 de Algeciras le condenó ayer a dos años y medio de inhabilitación para empleo o cargo público.

La sentencia, que Rojas aclaró que “no es firme”, lo considera culpable de “un delito continuado contra los derechos cívicos” tras una denuncia presentada por el portavoz del PA en el Consistorio barreño, Jorge Romero.

La resolución del tribunal tiene su origen en una querella presentada por Romero el 6 de septiembre de 2005, que recogía su denuncia por un delito continuado contra los derechos cívicos, tesis coincidente con la del Ministerio Fiscal, que fue quien solicitó la pena de inhabilitación por 30 meses.

Según la sentencia, “en diversas ocasiones” entre el 18 de junio de 2003 y el 23 de mayo de 2005, Rojas “omitió el cumplimiento de la obligación” que como alcalde le compete de “procurar el acceso de todos los miembros de la corporación local a cuantos antecedentes, datos o informaciones obren en poder de los servicios de la corporación y resulten necesarios para el ejercicio de su función”.

Obstáculo indirecto
Así, la resolución indica que el ex alcalde barreño “obstaculizó, si bien no de forma directa a través de la negativa, sino de forma indirecta por medio de la ausencia de respuesta a la petición de información cursada; el acceso a la información y documentación de interés público municipal obrante en los registros y archivos del Ayuntamiento”.

El juez subraya que “el acusado incumplió su obligación de resolver y de notificar la correspondiente resolución relativa a las múltiples peticiones de información y documentación de interés público municipal”. En este punto, el magistrado aclara que transcurrido el plazo de cinco días desde la petición previsto para resolvarla “y entrando en juego la regla del silencio administrativo positivo, tampoco se le permitió ver los correspondientes expedientes, denegando de tal forma el acceso a la información y documentación”.

Durante el juicio oral, Rojas declaró que sus instrucciones “han sido siempre dar la máxima información. Además, los expedientes han estado a disposición de los grupos parlamentarios para la celebración de los plenos”. El ex edil también resaltó que “nunca ha habido problemas con ningún otro grupo político”.

Por su parte, Romero relató que solicitó informaciones que no fueron aportadas tales como “movimientos de la tarjeta VISA del alcalde, convenio de la plaza de toros, contratos de empleados y ex concejales, convenios con constructoras, cuentas de corridas de toros o listados de asociaciones de toros”. Un total de 37 solicitudes que, a excepción del listado de asociaciones, “no obtuvieron respuesta”.

El juez también admite que “en otras ocasiones se prorrogaba el plazo que establece el reglamento para resolver sobre la petición, transcurrido el cual acudían a la Secretaría General y pedían el acta de comparecencia por no estar la referida documentación”.

Con todo, la declaración del secretario general del Ayuntamiento constituye “el eje fundamental de toda prueba practicada” toda vez que éste emitió una diligencia en la que, si bien admitía que podía solicitar la documentación, no se la daba “porque no tenía autorización de la Alcaldía”. Así, el secretario general concretó que no había recibido orden del alcalde “para no dar información, simplemente como no tenía autorización lo hice constar así”.

Finalmente, el juez matiza en su sentencia que “el resto de testigos, precisamente los propuestos por la defensa, poco pudieron aportar en cuanto al esclarecimiento de los hechos”.

Por todo ello, la sentencia considera a Rojas responsable del delito “por cuanto el resultado de su omisión al no acceder a la entrega de la información solicitada viene a ser el mismo que el derivado de una conducta activa, es decir, si se hubiese denegado expresamente el acceso a dicha información”.

Alonso Rojas
El ex alcalde barreño Alonso Rojas indicó ayer que, aunque “a efectos prácticos” no le afecta, la pena le parece “una auténtica barbaridad”, por lo que anuncia que recurrirá a la siguiente instancia judicial en la Audiencia Provincial de Cádiz.

Rojas subrayó que “creo que la Justicia debe estar de mi parte ya que jamás negué información a nadie. Los testigos, funcionarios o administrativos, han confirmado en el juicio que jamás recibieron instrucciones mías para negar información”.

En esta línea, el ex regidor mantiene que “el PA ha recibido siempre toda la información importante sobre el Ayuntamiento, como demuestra las informaciones que recogen en sus boletines. Aquí se me ha acusado de temas menores como las listas de espera de las casetas de la Feria”.

Así pues, Rojas espera que la Audiencia Provincial de Cádiz “me dé la razón. En la instrucción del caso se señaló que había pruebas que se habían quedado sin valorar. Espero que la Audiencia Provincial sea más exhaustiva y las tenga en cuenta”.

El ex primer edil barreño recordó que llevaba “13 o 14 denuncias presentadas por parte del PA y rechazadas en primera instancia. Esta es la primera vez en la que alguna, aunque no sea firme, es contraria para mí”.

Jorge Romero
Los andalucistas barreños se mostraron ayer “satisfechos por el resultado de la sentencia condenatoria contra Rojas”. Según el PA, “la prolongación en el tiempo del procedimiento se ha visto entorpecido por constantes y reiterados recursos improcedentes planteados por Rojas durante estos cinco años, aunque al final estos recursos no han influido en el resultado ni en los razonamientos de la denuncia (nunca es tarde si la dicha es buena)”.

El portavoz andalucista, Jorge Romero, resaltó que “con esta sentencia se restituye en parte la falta de respeto que Rojas ha practicado contra los ciudadanos que nos eligieron en las urnas para ser sus representantes.

Rojas ha sido un alcalde que ha utilizado artes antidemocráticas y métodos totalitarios desde su puesto y ahora ha sido un juez el que nos da la razón. Las normas, las leyes y la Constitución están para cumplirlas y respetarlas y Rojas siempre las ha interpretado en su propio interés y beneficio”.

Para Romero, “el PSOE barreño debe tomar nota de lo que no se puede y no se debe hacer, no todo vale en política con tal de mantenerse en el poder”.

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