La Sala de lo Penal del alto tribunal considera que los hechos no pueden ser calificados de asesinato y desestima los recursos presentados contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) por el acusado, la acusación particular y las acciones populares, entre ellas las ejercidas por las Juntas Populares
de Guipúzcoa y los Ayuntamientos de Pamplona e Irún.
El Tribunal Superior confirmó la condena de 12 años y 6 meses de cárcel que le había sido impuesta a Yllanes.