La resolución, a la que ha tenido acceso Efe, estima parcialmente la reclamación de la mujer tras admitir que el proceso asistencial en el Hospital de Torrecárdenas de Almería "no fue totalmente correcto", lo que supuso un "retraso en el diagnóstico y tratamiento de la patología de base de carácter maligno que presentaba" la paciente.
No obstante, rechaza la indemnización de 350.000 euros solicitada por la mujer, ya que no ha quedado "demostrado" que "la demora produjera una evolución agravada en su enfermedad o un desenlace de consecuencias irreversibles"."
Así, el SAS fija una indemnización de 10.858 euros por los 365 días de baja impeditiva" y 15.964 euros por el cambio del tumor, de estadio I, "en que se especula que pudo estar un año antes", al estadio IIa que presentaba en el momento de su extirpación.
La paciente detectó en 2006, mediante una autoexploración, un nódulo palpable en la mama izquierda, por lo que acudió al Hospital de Torrecárdenas donde se le realizó "de forma inmediata" una mamografía cuyo resultado no fue "concluyente", por lo que se procedió a un estudio ecográfico tras el cual se decidió una escisión quirúrgica.
No obstante, indica la resolución del SAS, tras proponerle a la mujer esta terapia el 3 de enero de 2007, a la paciente no se le realizó la biopsia que confirmaba la existencia de un carninoma hasta un año después, en febrero de 2008, cuando fue intervenida quirúrgicamente mediante tumorectomía.
El SAS admite que no hay "más remedio que reconocer que existió un retraso asistencial que ocasionó una pérdida de oportunidad, con el consiguiente retraso en el diagnóstico definitivo y tratamiento de la patología que presentaba la paciente".
No obstante, precisa que no se puede saber "de forma cierta" si el tumor extirpado, de tipo IIa, tuvo alguna variación durante el año de retraso en su tratamiento, por lo que limita la indemnización a 26.822 euros.