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Viernes 15/11/2024
 
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Torremolinos

Condenado por golpear a un hombre con una botella en un autobús y clavar el cristal a la esposa

Los hechos sucedieron en diciembre de 2009 en Torremolinos

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La Audiencia de Málaga ha condenado a ocho años de prisión a un hombre de nacionalidad nigeriana por dos delitos de lesiones, al considerar probado que golpeó a otro fuertemente en la cara con una botella en un autobús y, posteriormente, ya fuera, le clavó el cristal a la esposa del anterior perjudicado. Además, se le impone indemnizar al matrimonio con 4.200 euros por las heridas.

   Los hechos sucedieron en diciembre de 2009 en Torremolinos (Málaga). En su sentencia, la Sala considera probado que hubo un altercado con esa mujer, pero absuelve al acusado de un delito de obstrucción a justicia y de una falta de lesiones, al entender que no está acreditado que en esa discusión la agrediera ni la amenazara para que no declararan en un procedimiento judicial.

   Pero el mismo día, más tarde, se produjo un nuevo incidente, según la resolución a la que ha tenido acceso Europa Press, cuando el acusado y el marido de la anterior "se pelearon", llegando a introducirse los dos en un autobús de línea que estaba parado, momento en el que el procesado golpeó fuertemente con una botella al otro en la cara.

   Al bajarse del autobús, ya en el exterior --dice la sentencia--, el acusado "golpeó con la botella fracturada" a la esposa del anterior, "clavándosela en las piernas". Esto le provocó diversas heridas; mientras que su marido sufrió varias lesiones, entre ellas, la perforación del globo ocular derecho, que le originó la pérdida de visión y otras secuelas estéticas.

   Según la resolución, el acusado alegó que fue el otro hombre quien intentó agredirle con un cuchillo y le llegó a herir en una de las manos, persiguiéndole desde una tienda hasta el autobús, donde tuvo que "defenderse del acometimiento de que estaba siendo objeto con una botella de cristal que llevaba". En cuanto a la mujer, negó haberla golpeado.

   Por contra, el conductor del autobús, que para la Sala tiene una imparcialidad "indiscutible", manifestó que cuando estaba esperando en una parada, entraron por la puerta delantera dos hombres de raza negra que "venían peleándose desde la calle" y uno de ellos "golpeó al otro", tras lo que salieron y continuaron la pelea fuera donde estaba la mujer. Aseguró que no vio a ninguno con un arma blanca.

   Además, el propio procesado lo admitió en la instrucción, declarando, además, que fue él quien persiguió a la víctima hasta el autobús. El Tribunal no ha tenido en cuenta las declaraciones de los perjudicados en el juzgado, al entender que su incomparecencia en el juicio "se debió a su propia voluntad, pues pese a estar personados no se han puesto en contacto con la representación procesal".

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