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Martes 26/11/2024
 

Provincia de Granada

Piden cárcel e inhabilitación para dos empresarios acusados de manipular alimentos para su venta

Almacenaba además productos adulterados y no aptos para el consumo humano por alteraciones microbiológicas existentes, no separados convenientemente del resto de productos, o alimentos con fecha de caducidad cumplida

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La Fiscalía de Granada ha solicitado dos años de cárcel e inahbilitación por tiempo de cinco para profesión, oficio, industria o comercio para dos empresarios, uno de Granada y otro de Almería, acusados de un delito contra la salud pública por la manipulación de alimentos, caducados o adulterados, para su posterior distribución y venta.

   Según consta en el escrito de acusación provisional del Ministerio Público, al que ha tenido acceso Europa Press, la investigación comenzó después de que el Seprona de la Guardia Civil tuviera sospechas de que en la empresa 'Corporaciones Alimentarias Vegas del Genil S.L.', en Zujaira (Granada) se realizaban prácticas de manipulación de alimentos para su posterior distribución entre el público y que esta operación pudiera constituir un peligro para la salud pública.

   Así, el 8 de mayo de 2012 y sobre las 7,30 horas se realizó un registro en la nave industrial donde está ubicada en presencia y con el consentimiento del acusado, el propietario de la misma, José A.C.G.

   En la oficina se encontró una máquina para confeccionar etiquetas junto a dos ordenadores, impresora y fotocopiadora, elementos todos ellos que eran utilizados "para el reetiquetado del producto" por el procesado.

   En las instalaciones industriales se encontraron además diversas máquinas cuyo cometido es el corte, picado y envasado de carne, bolsas de plástico para envasar alimentos, diversas etiquetas a nombre y con número de registro sanitario de diferentes empresas --que habían sido confeccionadas por el acusado-- un considerable número de alimentos, algunos sin etiquetar y otros en bolsas abiertas sin cerrar, en las que figuraba una fecha de caducidad caducada.

   Inmovilizados los productos encontrados, el día 10 de mayo y sobre las 9,00 horas se realizó una inspección por el veterinario oficinal del Dispositivo de Apoyo del Distrito Sanitario Metropolitano de Granada de la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía, que observó numerosas irregularidades, todas ellas significativas desde el punto de vista de afectación a la salud pública.

    Entre ellas, que la empresa carecía de autorización sanitaria de funcionamiento y ni estaba inscrita en el Registro General Sanitario de Empresa Alimentarias y Alimentos. En realidad, según el fiscal, "aunque la empresa se dedicaba de facto al almacenamiento, elaboración, envasado, y distribución de productos cárnicos, lácteos y conservas, solo tenía una licencia municipal como almacén polivalente de alimentos".

   No disponía de procedimientos operativos sobre aspectos básicos de higiene, necesarios para las actividades que desarrollaba, o Planes Generales de Higiene de control de agua apta para el consumo; limpieza y desinfección; control de plagas, desinsectación y desratización; mantenimiento de instalaciones o equipos, control de la cadena de frío y temperaturas; formación de manipuladores; eliminación de residuos; certificación de proveedores; e incurría en incumplimientos graves de etiquetado, marcado sanitario y tenía un reetiquetado de productos de manera incorrecta y fraudulenta.

   Almacenaba además productos adulterados y no aptos para el consumo humano por alteraciones microbiológicas existentes, no separados convenientemente del resto de productos, o alimentos con fecha de caducidad cumplida.

   El Acta de Inspección concluyó que dichas irregularidades constituían deficiencias graves que suponían un riesgo inminente y extraordinario para la salud humana.

   Según el Ministerio Público, los productos alimenticios eran adquiridos por el procesado en minoristas de alimentación, restauración o comedores colectivos de la provincia de Granada. Si bien algunos de ellos se distribuían sin manipulación, otros eran "loncheados, troceados, picados y envasados al vacío", siendo reetiquetados con una denominación, lista de ingredientes y fecha de caducidad o lote asignados por el acusado de manera aleatoria y sin ningún tipo de estudio técnico, de laboratorio o de vida útil.

   En el reetiquetado se usaba un número de registro sanitario que correspondían a empresas reales. Estos alimentos eran, después de la alteración de su fecha de caducidad o de consumo preferente, distribuidos a distintas empresas del ramo, que procedían a su venta al público ignorantes de las alteraciones producidas.

   Entre las partidas de alimentos manipulados se encontraron 110 cajas de 5,8 kilos cada una con la inscripción 'Mortadela Suprema a meta PS kg 5' con fecha de caducidad ya pasada. Cada caja contenía paquetes envasados al vacío de siete lonchas de mortadela que presentaban una etiqueta a nombre de 'C.A. Vegas del Genil, S.L.' y denominación 'Mortadela italiana fiorcci' y fechas de caducidad posteriores a las indicadas en el envase original.

   El propietario de esta empresa, actuaba junto al otro de los inculpados, José A.R.S., socio y trabajador de otra sociedad con domicilio social en Vélez Rubio, Almería, que habría procedido a instancias del primero, con quien actuaba de común acuerdo, a realizar el reetiquetado del producto descrito y se lo había proporcionado a Vegas del Genil S.L. para que procediera a su comercialización. Todos los alimentos incautados en su día, cuyo peso total asciende a 10.496 kg., han sido destruidos.

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