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Viernes 15/11/2024
 
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Sevilla

Condenado el utillero de un club deportivo por abusar de una menor de 10 años

Delante de su hermano de siete años

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La Audiencia Provincial de Sevilla ha condenado al utillero de un club deportivo de Mairena del Aljarafe a dos años de cárcel y el pago de una indemnización de 1.000 euros por agredir sexualmente a una menor de 10 años de edad en presencia de su hermano de siete años.

   En la sentencia, consultada por Europa Press, la Sección Tercera de la Audiencia Provincial considera probado que el acusado, J.P.M., era a la fecha de los hechos utillero del club deportivo Mairena del Aljarafe en el polideportivo Cavaleri de este municipio.

   Sobre las 20,30 horas del día 28 de abril de 2011, el acusado "aprovechó" que la víctima, que se encontraba cerca de las pistas de tenis del polideportivo en compañía de su hermano de siete años, le pidió que les inflara un balón.

   Seguidamente, el condenado llevó a ambos a un cuarto donde almacenaba los balones de fútbol y otro material deportivo y, una vez allí, "encajó" la puerta desde dentro y los llevó a una segunda habitación, donde, "con ánimo de satisfacer sus deseos libidinosos", comenzó a tocar por el cuerpo a la menor a la par que "despistó" al pequeño diciéndole que mirara unos balones.

   Tras ello, el acusado "agarró" a la afectada "con fuerza" por detrás y, "con idéntico ánimo lascivo", le siguió tocando "todo" el cuerpo, centrándose en los pechos y en los muslos, "agarrándola con fuerza pese a que ésta le pedía insistentemente que la soltara".

   Así, le dio un beso en la mejilla a la par que la apretaba contra su barriga "con fuerza", todo ello hasta que la víctima se zafó del imputado, saliendo con su hermano del local "llorando y asustada" y contándoselo "de inmediato" a su madre, que denunció el hecho ante la Policía Local, que detuvo al acusado.

   El juicio por estos hechos no llegó a celebrarse después de que el acusado mostrara su conformidad con la pena solicitada por el fiscal, por lo que la Audiencia Provincial lo condena a dos años de cárcel y el pago de 1.000 euros de indemnización por un delito de agresión sexual con la atenuante de reparación del daño, ya que el imputado indemnizó a la familia con 5.000 euros antes de la vista oral.

   La Audiencia condena al acusado dada su participación "activa, material y voluntaria" en la ejecución de la agresión sexual, autoría que "ha quedado demostrada por la expresa y explícita" admisión que realizó el imputado respecto a los hechos considerados probados por Fiscalía y acusación particular.

   La sentencia incluye la prohibición de que el condenado se acerque a la víctima a menos de 300 metros durante los próximos cinco años.
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