El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha rechazado "en todos sus extremos" los recursos interpuestos por Fernando Mellet, Daniel Ponce y Antonio Rivas contra la sentencia que lo condenó por un delito de cohecho en el caso Mercasevila, confirmando así la sentencia que le impuso la Audiencia de Sevilla por pedir 450.000 euros a los empresarios del Grupo La Raza para otorgarles una subvención.
La sentencia condenaba al pago de una multa de 600.000 euros y a 21 meses de inhabilitación al exdelegado provincial de Empleo Antonio Rivas y a los exdirectivos de Mercasevilla Fernando Mellet y Daniel Ponce por solicitar una comisión ilícita de 450.000 euros a los empresarios del Grupo La Raza como condición para gestionar la escuela de hostelería de la lonja.
En la sentencia, el juez considera que Rivas "ideó" el "soborno" y Mellet y Ponce "aceptaron realizar la petición de dinero que les planteaba" el exdelegado provincial de Empleo, "en beneficio propio o de terceros", todo lo cual "constituye un supuesto de autoría conjunta".
La decisión de la sala de lo Civil y Penal del TSJA, que puede ser recurrida ate la sala de lo Penal del Tribunal Supremo, se produce después de que los condenados pidieran la nulidad de las actuaciones o la revocación de la sentencia condenatoria.
En su resolución, el TSJA considera que las grabaciones fueron válidas y estuvieron apoyadas por la declaración de los empresarios en la vista oral.
El TSJA reconoce que la participación de Rivas en los hechos ha sido la "cuestión más delicada y difícil" en esta apelación así como la que "más dudas le ha suscitado", aunque considera que no se vulnera la presunción de inocencia del exconsejero porque "existe una base razonable para la condena impuesta".
El tribunal recuerda que Mellet declaró a un policía que Rivas le dijo que pidiera dinero a los empresarios encargados de la gestión de la escuela, para lo que la Junta había aprobado una subvención de 900.000 euros.
En el momento de solicitar el soborno, sólo Rivas podía cumplir, por su condición de delegado de Empleo, la promesa hecha a los empresarios de que obtendrían la gestión de los cursos de formación de la escuela de hostelería, señala el TSJA.
"La solicitud de la dádiva era mucho más arriesgada si no contaban con la implicación de Rivas", subraya el TSJA tras señalar que no hay razones lógicas para que Mellet inventarse la implicación del exdelegado, con el que además le unía una buena relación personal.
La defensa de Ponce pidió que para condenar por cohecho a su cliente -al que no considera funcionario-, habría que acreditar que el supuesto acto ilegal cometido era propio de su función.
Sin embargo, el TSJA señala que Ponce, al que Mellet le dijo que el soborno fue iniciativa de Rivas, "no podía ignorar que estaría colaborando con un cohecho de una autoridad pública".
En la vista pública de la apelación, celebrada el pasado 5 de junio, la Fiscalía y las acusaciones particular y popular pidieron la confirmación "total y absoluta" de la sentencia de la Audiencia de Sevilla porque era "plenamente razonable" y "perfectamente ajustada a derecho".