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Jueves 14/11/2024
 

Jerez

Absueltos los dos acusados de lanzar el cohete que costó un ojo Rocío Vázquez en 2007

El juez resalta las “dudas” que sembraron los testimonios en el juicio y que “nadie” los vio lanzarlos, además de las "contradicciones en la autoría"

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El Juzgado de lo Penal número 1 de Jerez ha absuelto a los dos acusados de haber lanzado el cohete que provocó que la joven Rocío Vázquez perdiera su ojo izquierdo en la barriada rural de Los Albarizones en la Nochevieja de 2007. En la sentencia, a la que ha tenido acceso este periódico, el juez  absuelve a M.C.G. y F.J.C.P, padre e hijo, de un delito de lesiones por imprudencia al considerar que las pruebas testificales practicadas durante la vista celebrada hace un par de semanas son “contradictorias respecto de la autoría” y “no puede prevalecer una sobre otra”.


Por ello, el magistrado añade que “no puede considerar que tales elementos probatorios se puedan considerar suficientes para enervar la presunción de inocencia” que acoge a los acusados.
Tras reseñar la “versión exculpatoria” de ambos, que durante la vista negaron tajantemente haber lanzado el artefacto que estalló en el rostro de la joven, el juez resalta especialmente las “dudas” que ofrecía todavía más el caso del joven, F.J.C.P, ya que “nadie ha visto que lanzara el cohete que estalló en el rostro de la perjudicada y nadie lo ha dicho ni en juicio ni en instrucción”.


El juez subraya también que el hecho de que uno de los amigos del joven procesado reconociera haber lanzado algún petardo, e incluso los testigos señalasen a otros jóvenes que también declararon en el juicio como posibles autores “siembra aún más dudas” en el juicio.


Asimismo, en la sentencia el magistrado tampoco pasa por alto las solicitudes de la Fiscalía, a la que se adhirió la acusación, para deducir testimonio sobre tres testigos jóvenes, del entorno de F.J.C.P,  por la posible comisión de un delito de falso testimonio ante sus manifestaciones totalmente opuestas a las que realizaron en los juzgados a las pocas semanas de ocurrir los hechos.
Hay que recordar incluso que durante la vista el magistrado de la sala se vio obligado a llamarles la atención en varias ocasiones y recordarles que podían enfrentarse a esta imputación si no cambiaban su actitud y enfrentarse a penas incluso más elevadas que las solicitadas para los dos procesados que ahora han quedado absueltos.

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