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Sevilla

Archivan una denuncia por abusos al atribuir las lesiones a la mala higiene

Una juez de Sevilla ha archivado la causa abierta por segunda vez contra un padre por presuntos abusos sexuales a su hijo menor, ya que, según el informe forense, las causas de la fisura anal del menor \"pueden ser varias\", como la mala higiene, uso de ropas no transpirables o exceso de sudoración.

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Una juez de Sevilla ha archivado la causa abierta por segunda vez contra un padre por presuntos abusos sexuales cometidos sobre su hijo menor de edad, ya que, según el informe forense, las causas de la fisura anal que presentaba el menor "pueden ser varias", como la mala higiene, el empleo de ropas no transpirables o un exceso de sudoración.

   En un auto, al que ha tenido acceso Europa Press, la juez de Instrucción número 19 de Sevilla archiva la segunda denuncia interpuesta contra este padre por su expareja, pues entiende que "de lo actuado no aparece debidamente justificada la perpetración del delito que ha dado motivo a la formación de la causa".

   La juez de Instrucción número 11 también archivó la primera denuncia contra este padre en un auto en el que recuerda que fue el día 19 de noviembre de 2012 cuando la madre del menor y expareja del imputado acudió con el niño al Hospital Virgen del Rocío denunciando que "tenía motivos para pensar que el menor había sido víctima de agresión sexual" por parte del imputado cuando se encontraba disfrutando del régimen de visitas.

   El menor, entonces, fue visto tanto por el médico forense como por la médico de urgencias del hospital sevillano, quienes observaron que el chico no presentaba lesiones y únicamente "un leve eritema perianal y una pequeña fisura antigua".

   Tras ello, la madre pidió que el Equipo de Evaluación e Investigación de Casos de Abuso Sexual (Eicas) emitiera un informe tras evaluar al menor y su entorno y la posibilidad de que estuviera sufriendo algún tipo de agresión sexual por parte del denunciado, pero el Eicas informó de que no podía llevar a cabo tal evaluación, pues para hacer el estudio consideraba "imprescindible" la separación de padre e hijo.

   El fiscal, tras todo ello, interesó que el médico forense que examinó al menor en el Virgen del Rocío realizara un informe ampliatorio respecto a la causa del origen de la lesión, informe en el que el forense señaló que "las causas de tal eritema perianal pueden ser varias", entre las que cita "la humedad en la zona debido a exceso de sudoración, irritación de la piel por productos alergizantes, mala higiene, empleo de ropas no transpirables o por rascado".

EL INFORME DEL FORENSE, CLAVE

   Además, puso de manifiesto que la fisura anal "es una entidad de alta prevalencia en la edad pediátrica" y "se la asocia con estreñimiento o diarrea y a veces es de causa desconocida", de manera que, "como hallazgo aislado, no debería motivar sospechas de abuso sexual".

   En la causa consta además un informe del médico pediatra que ha atendido al menor en diferentes ocasiones desde su nacimiento en noviembre de 2007, quien relata que en junio y julio de 2009 fue atendido por cuadros catarrales y diarreicos, "apreciando en ese periodo una desatención higiénica y de incumplimiento del tratamiento prescrito por parte de su progenitora".

   Según el informe, consultado por Europa Press, el pediatra "insistió a la madre en la necesidad de cumplir estrictamente los tratamientos prescritos y de extremar las medidas higiénicas con respecto al menor", indicaciones tras la que la denunciante "dejó de traer al niño a la consulta". El pediatra recomendó seguimiento "por apreciarse signos de apnea del sueño, trastornos de la marcha, cuadro de inmadurez, que afectan principalmente al lenguaje".

"PROBLEMAS DE HIGIENE PERSONAL"

   En base a todo y a la declaración del padre, la juez Cristina Loma acordó archivar la causa "por cuanto no existe ningún indicio de criminalidad que permita continuar con la instrucción, al no detectarse indicio alguno de abuso sexual sobre el menor por parte de su padre, tratándose de problemas de higiene personal del menor que deber ser atendidos por sus progenitores en un ámbito ajeno al proceso penal".

   El archivo de la primera denuncia fue recurrido en apelación por la denunciante ante la Audiencia Provincial, que rechazó el recurso y aseveró que la madre del pequeño "nunca ha afirmado abiertamente que su hijo dijera nada que hiciera suponer esta agresión sexual", sino que "se trata de una suposición de su madre, que puede obedecer a un juicio erróneo o a un gesto de mala fe para perjudicar a quien fue su marido".

LOS EXCÓNYUGES "NO HAN SABIDO SUPERAR EL TRAUMA DEL DIVORCIO"

   "Hay elementos más que sobrados para entender que los excónyuges no han sabido superar el trauma de separación y divorcio, y sus rencores, odios y malquerencias los trasladan a los tribunales de justicia, que es una palestra inadecuada para solucionar los problemas personales", critica la Sección Primera, que añade, no obstante, que "lo que es peor es que utilizan al pequeño como arma arrojadiza del uno contra el otro, como con sagacidad pone de manifiesto el equipo de atención a familia e infancia de Mairena del Aljarafe".

   En el recurso, la mujer solicitó la declaración como testigo del abuelo materno del chico y que el Eicas evaluara al menor, pero la Audiencia dice, respecto a la declaración testifical, que "si la pretendida agresión sexual tiene lugar cuando el niño está con su padre, difícilmente puede haber sido testigo de hecho alguno que interese a la investigación".

   "Si consideraba que el testimonio de su padre puede ser de interés para la investigación, que por supuesto no lo es, ha tenido más de cinco meses para proponerlo, antes de servirse de esta proposición para conseguir, por vía de recurso, que la causa siga abierta", critica la Audiencia.

LA MADRE INCUMPLE EL RÉGIMEN DE VISITAS

   Respecto a la segunda petición, el tribunal recuerda que "en su día se intentó, pero el Eicas informó que para hacer el estudio consideraba imprescindible la separación de padre e hijo", una separación que, "sin ninguna razón de ser y fundamento, equivaldría a un incremento de las consecuencias negativas para un niño de solo cuatro años".

   Hay que destacar que el Juzgado de Primera Instancia número 6 de Sevilla ha ordenado a la denunciante que "dé exacto cumplimiento al régimen de estancias en beneficio del padre" dispuesto en resolución judicial, pues el padre ha denunciado que, en sucesivas ocasiones, la madre no lo ha llevado al colegio, donde se realizan las recogidas y entregas.

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