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Sábado 09/11/2024
 

Huelva

La defensa de Bretón rechaza los argumentos de impugnación de la acusación y la Fiscalía

Cree que la acusación apela a \"los sentimientos\" y \"la descalificación\" y el fiscal, \"defiende ciertas irregularidades procesales\"

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  • Bretón en el juicio -

La defensa de José Bretón, interno en la cárcel de Villena (Alicante) por la condena a 40 años de prisión por el asesinato de sus hijos, Ruth y José, en octubre de 2011 en Córdoba, ha presentado escrito contra las impugnaciones a su recurso de casación al Tribunal Supremo (TS) por parte de la acusación particular, ejercida por la madre de los pequeños, y de la Fiscalía, que se basan en argumentos "inconsistentes" y con "incongruencias jurídicas y falsedades".

En concreto, la letrada de José Bretón, Bárbara Royo, ha presentado recientemente dicho escrito ante el TS, tal y como recoge el artículo 882 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, con un contenido de unas cien páginas en las que desmonta "con hechos y con derecho" los distintos puntos de los escritos de impugnación del fiscal y de la abogada de la acusación, María del Reposo Carrero.

En declaraciones a Europa Press, Royo considera en relación a la impugnación de la acusación, que "según contó ella prometía", apela a "los sentimientos, a la pena y a la continua descalificación". Argumentos todos ellos, en opinión de la letrada, "ajenos al derecho o a aquel que según dice 'con pocas líneas desmonta el recurso'". Si bien, la abogada de Bretón ha contestado "debidamente, con derecho, que es de lo que se trata. Solo derecho", apostilla.

Y en cuanto al fiscal, la letrada ve "escandaloso y preocupante", al tiempo que cree que "da mucho miedo que 'el garante de la legalidad' apoye y defienda en su escrito ciertas irregularidades procesales y claras vulneraciones de derechos, insinuando que el fin justifica los medios en un proceso", que por otro lado, "ha demostrado no conocer", según comenta la abogada, en alusión por ejemplo a los tiempos sobre cuándo se entregan al forense Francisco Etxeberría las fotografías de los restos óseos hallados en la hoguera de la finca de Bretón o la autorización para la apertura de la caja con los restos.

Entretanto, ahora las partes están pendientes de que el Alto Tribunal admita o no el recurso de la defensa, que alega vulneración de derechos fundamentales, la infracción del precepto constitucional, la infracción de ley y el quebrantamiento de forma, de manera que en las más de 500 páginas del escrito hace referencia a la vulneración del derecho fundamental a la tutela judicial efectiva, a la presunción de inocencia, a un proceso con todas las garantías y al juez imparcial.

"RUPTURA DE LA CADENA DE CUSTODIA"
En este sentido, fundamenta la ausencia "de motivación" y de "racionalidad de la inferencia probatoria", así como la "ruptura de la cadena de custodia" de los restos óseos hallados en la finca familiar de Bretón en Las Quemadillas, en Córdoba, y la "ausencia de permiso judicial para la apertura de la caja" y el análisis por el forense Francisco Etxeberría, quien determinó que los restos eran de humanos y de niños de las edades de Ruth y José.

También, alude a la "desigualdad de armas entre acusación y defensa", al no comunicarse a ésta "ciertos documentos ni ciertas diligencias"; a la "ausencia de imparcialidad del jurado" y de "incomunicación de los testigos", con la "consecuente contaminación", y a un "error en la apreciación de la prueba".

Además, la defensa plantea vulneraciones "por cercenar" el derecho de defensa durante el juicio y por "contradicción manifiesta entre los hechos que se reputan probados", así como que "ha existido un error en la apreciación de la prueba basado en documentos que obran en autos, que ponen de manifiesto la equivocación del juzgador", entre otros motivos de casación.

La celebración de un nuevo juicio dependerá "de qué motivo se estime y cómo se estime", puesto que "en la infracción de ley y precepto constitucional, lo único que cabría sería una sentencia dictada por el Tribunal Supremo sin repetición de juicio", aunque en el caso de "quebrantamiento de forma se podría repetir el juicio, o incluso alguna nulidad", pero "depende del motivo que se estime", según resaltó la abogada cuando se hizo cargo de la defensa.

La defensa interpone el recurso al Tribunal Supremo por la causa principal, después de que el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ratificara a principios de noviembre de 2013 la sentencia de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Córdoba con la condena de 40 años de prisión a Bretón, tras desestimar el recurso de la defensa que solicitaba la celebración de un nuevo juicio con tribunal profesional, al entender que en el caso se han vulnerado derechos fundamentales.

POSTURA DEL TSJA
El Alto Tribunal andaluz destacó que las pruebas se practicaron "lícitamente"; no cree que haya existido vulneración de presunción de inocencia ni del derecho de defensa, y ante el recurso al Tribunal Supremo, el TSJA apuntaba que no puede acordar "ni la inscripción de fallecimiento, ni la entrega a Ruth Ortiz de los restos óseos que obran como piezas de convicción".

En relación a si los restos óseos son los mismos que fueron hallados en la hoguera de la finca de 'Las Quemadillas', en Córdoba, y sobre si se produjo vulneración del derecho de defensa por denegar preguntas sobre este tema en el juicio, el TSJA se remitió a su auto que también desestimó el recurso de la defensa a tal efecto y no ve "procedente" que reitere las alegaciones sobre "la ilicitud" de la prueba, "sin perjuicio" de poder formular el recurso de casación al Tribunal Supremo.

Asimismo, apuntaba que "un análisis de las actuaciones conduce a no dar por cierta" la denuncia sobre la vulneración por el magistrado presidente, Pedro Vela, del derecho de defensa al afirmar el letrado de Bretón en el juicio, José María Sánchez de Puerta, que no le permitió durante la vista "el interrogatorio sobre la cadena de custodia de los huesos".

Ante ello, el TSJA señaló que la defensa "tuvo y aprovechó en el juicio la oportunidad de sostener la ruptura de la cadena de custodia, y al efecto, tanto la defensa como las acusaciones, formularon preguntas directas y concretas a los intervinientes en dicha cadena de custodia y a los peritos, sin ser coartados por el magistrado presidente". Por tanto, desestimó la apelación por entender que "no existió vulneración del derecho de defensa".

Tras indicar que el jurado "no albergó ninguna duda razonable y que los legítimos esfuerzos de la defensa por desactivar este poderoso indicio no tuvieron éxito en el juicio oral ante el jurado", resaltó que "la prueba pericial se obtuvo y practicó lícitamente; en el juicio oral se respetó el derecho de la defensa a proponer y practicar prueba sobre la existencia o no de interrupciones en la cadena de custodia".

Además, agregaba, "el jurado ha concluido, mediante una irreprochable apreciación de la prueba, que en la hoguera efectuada por José Bretón en la finca de su familia en la tarde en que desaparecieron sus dos hijos, de seis y dos años de edad, aparecieron calcinados restos óseos de niños de seis y dos años de edad, que corresponden a Ruth y a José Bretón Ortiz".

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