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Jueves 14/11/2024
 

Cádiz

Inspección de Trabajo sanciona a la empresa del trabajador que falleció al explotarle el extintor que manipulaba

CCOO destaca que esta sanción da la razón al sindicato, que presentó la correspondiente denuncia. El pasado 15 de mayo se produjo un accidente laboral en la empresa, situada en el polígono del Río San Pedro de Puerto Real, en el que falleció un trabajador y resultó herido leve otro

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Inspección de Trabajo ha dictaminado que la empresa MAEX XXI, en la que falleció un trabajador en el mes de mayo de 2014 al explotarle el extintor que manipulaba, "incumplió con la normativa de prevención de riesgos laborales, creando un riesgo grave para la integridad física o salud de los trabajadores", por lo que ha levantado acta de infracción y ha incoado el procedimiento para el recargo de prestaciones por falta de medidas de seguridad.

Así lo indica en una nota de prensa CCOO, que destaca que esta sanción da la razón al sindicato, que presentó la correspondiente denuncia. El pasado 15 de mayo se produjo un accidente laboral a las 9,14 horas en esta empresa, situada en el polígono del Río San Pedro de Puerto Real, en el que falleció un trabajador y resultó herido leve otro.

 La empresa se dedica a la gestión y desmontaje de residuos industriales y maquinaria usada. La tarea que realizaban los dos trabajadores en ese momento consistía en el desmonte de extintores para su venta como chatarra.

 "No había un procedimiento por escrito sobre cómo realizar esta tarea" como expone Inspección de Trabajo, sino que, como manifiesta CCOO, "se seguían las instrucciones del encargado: descargar el extintor utilizando una bolsa como filtro para reducir la dispersión, desmontar la válvula con herramientas manuales y clasificar y acopiar la chatarra".

 El trabajador que resultó herido leve explicó después, detalla el sindicato, "que estaba desmontando un extintor a espaldas del encargado cuando oyó una explosión acompañada de una gran nube de polvo y notó un impacto en el antebrazo izquierdo".

 Cuando la nube de polvo se dispersó vio a su compañero, que yacía inerte en el suelo. El herido "no sabía qué estaba haciendo su compañero exactamente, pero sí se sabe que manipulaba o portaba un extintor de polvo polivalente de doce kilos".

 "Según los bomberos, todo apunta a que estaba presurizado y se rompió en la base, causando el estallido", se señala, al tiempo que se añade que "la explosión causó graves heridas en la cara al trabajador que, según la forense, pudieron ser la causa de la muerte".

ACTIVIDAD NO INCLUIDA EN RIESGOS LABORALES

Inspección de Trabajo asegura que la actividad que estaban realizando los trabajadores "no estaba incluida en la Evaluación de Riesgos Laborales" realizada por Fremap, la misma sociedad de prevención que se encargaba de la vigilancia de la salud hasta finales de 2013.

La nueva empresa contratada por MAEX desde enero de 2014 para hacerse cargo de la prevención, el Grupo MPE, "dejó de prestar el servicio y no entregó el Plan de Prevención por impago".

En todo caso, los técnicos de la firma aseguraron que el riesgo de manipulación de estos equipos de presión no habían sido evaluados en este documento porque desconocía que MAEX XXI realizase esta actividad, según se concluye del escrito de Inspección de Trabajo. La empresa de Puerto Real no pudo documentar la formación recibida por el trabajador sobre la manipulación y trabajos con aparatos a presión.

 "Los elementos determinantes del accidente hemos de encontrarlos en los siguientes aspectos: falta de capacitación y formación para la labor desarrollada; falta de normas de trabajo escritas señalando las pautas a seguir, los riesgos y medios de protección que se deben usar, y falta de evaluación de los riesgos derivados de dicha tarea que desarrollaban los trabajadores y carencia, por tanto, de medidas preventivas a adoptar", indica Inspección de Trabajo.

 "Se materializa un riesgo grave por realizar operaciones sin contar con los medios humanos, materiales y técnicos adecuados para su realización, ni con las medidas de seguridad adecuadas", indica la autoridad laboral.

 En la respuesta a la denuncia de CCOO, remitida por la Inspección de Trabajo el pasado día 25 de julio se informa de que, como exponía el sindicato, hubo un incumplimiento que califica de grave, lo que lleva a sancionar a la empresa y a iniciar el procedimiento de recargo de prestaciones por falta de medidas de seguridad.

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