El Alto Tribunal estima que “distinguir” a quienes “se encuentran desde hace años cumpliendo importantes penas por la comisión de concretos delitos de terrorismo” tiene un “evidente significado de ensalzamiento de las conductas ilícitas”.
“Se trata, por tanto, de un claro comportamiento de enaltecimiento de unos terroristas, por el hecho de serlo, de lo que les ha conducido a su situación de penados”, señala la sentencia.