El tiempo en: Costa Occidental
Martes 26/11/2024
 

Campo de Gibraltar

Amenazas a un vecino de Algeciras por una bandera republicana

Cádiz por la República denuncia una carta anónima que advierte de "consecuencias negativas" si no la retira y defiende la legalidad de exhibir la enseña

Publicidad AiPublicidad AiPublicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad Ai Publicidad AiPublicidad AiPublicidad Ai
  • La nota anónima. -

La Plataforma Cádiz por la República ha lamentado una amenaza anónima a un integrante de Alternativa Republicana. Denuncian la “carta anónima y cobarde donde se amenaza a nuestro compañero A.M.M., coordinador de Alternativa Republicana de Cádiz, y vecino del barrio Las Colinas, de Algeciras, con tomar represalias si no quita una bandera de la República Española del balcón de su casa”.

La nota dice textualmente: “Tiene una bandera en el balcón que es anticonstitucional. Nuestra bandera es la rojigualda. La que tienes hiere la sensibilidad de cualquier persona inteligente. Por lo que de momento te pido que la quites y que la pongas en el interior de tu casa. El sitio más adecuado es el retrete. Daré unas horas después de la llegada de esta nota y si no la quitas empezarás a sufrir consecuencias negativas. Si mi compañero Ventura estuviera vivo no permitiría esa atrocidad”.

Consideran la expresión “y si no la quitas empezarás a sufrir consecuencias negativas un hecho delictivo por amenazas hacia una persona y no se descarta denunciar en la comisaría de Policía ni la posibilidad de realizar una concentración de fuerzas políticas democráticas y antifascistas en la barrida mencionada en apoyo al compañero que no está sólo y se encuentra organizado tanto política como sindicalmente”.

“La bandera de la República Española es constitucional, recogida en el artículo 1 de la Constitución Española de 1931. Si bien actualmente no es la bandera oficial del Estado español ni viene recogida en la actual Constitución del 78, sí viene recogida en una Carta Magna de un Gobierno democrático, la Constitución aprobada por las Cortes Constituyentes de 9 de diciembre de 1931:

“Artículo 1. España es una República democrática de trabajadores de toda clase, que se organiza en régimen de Libertad y de Justicia.

Los poderes de todos sus órganos emanan del pueblo.

La República constituye un Estado integral, compatible con la autonomía de los Municipios y las Regiones.

La bandera de la República española es roja, amarilla y morada”.

Explican que “existen en este país republicanos muy futboleros que para apoyar a la selección española durante el Mundial o la Eurocopa colocan la tricolor en el balcón de su casa, además de reivindicar la III República o un referéndum sobre la forma de Estado”.

Aunque la Plataforma Republicana defiende “una ruptura con el actual régimen monárquico del 78 a través de un proceso constituyente que desemboque en la III República, la recién aprobada Ley de Memoria Histórica y Democrática de Andalucía dice: “Es imprescindible que no quede en el olvido el legado histórico de la Segunda República Española, como el antecedente más importante de nuestra actual experiencia democrática. Desde esa perspectiva, es necesario recordar con toda su complejidad y su trágico desenlace los valores y principios políticos y sociales que presidieron ese período”.

“La Guerra Civil de 1936-1939 fue la culminación de un proceso que puso fin a la democracia, al programa de reformas impulsado por la Segunda República y a la cultura democrática que había arraigado en la ciudadanía andaluza. Constituyó una enorme sangría para el pueblo andaluz. La represión y la violación de los derechos humanos durante el período bélico y en la posguerra revistió una extrema dureza, siendo los trabajadores, las trabajadoras y las fuerzas de la cultura, junto con las organizaciones políticas y sindicales que los representaban, las principales víctimas de la misma. Aplicación de bandos de guerra, desapariciones forzadas, sentencias de muerte, cárcel, campos de concentración, multas e incautación de bienes, torturas, exilio y persecución laboral y profesional fueron comunes durante la guerra y la posguerra, junto con la resistencia en las sierras andaluzas y en algunos núcleos urbanos de grupos guerrilleros que pervivieron hasta bien entrada la década de los cincuenta del siglo XX”, añaden.

Por otro lado, apuntan, “el anterior Gobierno del PP, en 2017, contestó desde Madrid a Compromís lo siguiente: con carácter general, el hecho de exhibir cualquier bandera en principio no es ilegal ni inconstitucional” y, sin que lo pidiese la pregunta de los senadores, aclara que la Ley de Seguridad Ciudadana aprobada en 2015, la Ley Mordaza, “no sanciona el mero hecho de exhibir banderas republicanas”.

Además, “en cuanto a las sentencias judiciales, la prohibición de la bandera republicana se restringe a las fachadas de edificios públicos tales como Ayuntamientos, etc., no a las sedes de partidos de izquierda o las propiedades privadas”, alegan.

“La exhibición de la bandera tricolor está dentro de la legalidad constitucional, según una sentencia del Tribunal de Superior de Justicia de Madrid del año 2003”, concluyen.

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN