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Sábado 16/11/2024
 

Cádiz

Lo programan como “preferente” y tardan cinco meses en intervenirlo

Indennizan a paciente del Hospital de Puerto Real tras declararle nefrotonomía por atrofia del riñón padeciendo riesgos y daños

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Andaluc�a Informaci�n
  • Sentencia. -

La sección 4ª de la Sala de lo Contencioso-administrativo del TSJA de Andalucía desestima el recurso de apelación interpuesto por el SAS y la adhesión al recurso presentada por su asegurada Zúrich, y confirma íntegramente la sentencia estimatoria parcial dictada por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 3 de Cádiz. La inadmisión del recurso se produce porque la cantidad objeto del recurso no excedía de 30.000 euros, cuantía mínima establecida como condición necesaria para poder recurrir, según informa el Bufete Ortiz Abogados. La sentencia de instancia que ahora queda definitiva, que es la dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Cádiz, indemniza al paciente demandante en la cantidad de 8.018,63 euros incrementado en los intereses legales desde la reclamación administrativa que tuvo lugar el 01/02/2013 -7 años de intereses que suman otros 6.000 euros aproximadamente-.

La sentencia declara aprobada que una intervención quirúrgica programada de nefrotomía por atrofia del riñón izquierdo con fístula a piel que había sido declarada preferente por el Servicio de Urología del Hospital del Puerto Real, con fecha de noviembre de 2011, la operación finalmente no se lleva a cabo hasta 5 meses después, esto es, el 16/03/2012 con el riesgo que ello conllevó para la salud de la paciente y las complicaciones que ello le produjo. Entendiendo que este retraso en la ejecución de la operación quirúrgica declarada preferente por el propio Servicio de Urología y las complicaciones que sufrió consistentes en drenaje de líquido purulento de la región lumbar, fístula lumbar, y perforación de colon, deben ser indemnizados.

La sentencia entiende que existe relación clara de relación de causalidad entre la demora o retraso injustificado de la actuación administrativa y el daño, y que tienen una conexión directa de causa efecto.

La incorrecta actuación médica recibida en el Hospital Universitario de Puerto Real tiene un fuerte reproche por la sentencia, que entiende que este enorme retraso o demora injustificada en la operación quirúrgica tan necesaria para la salud de la paciente ha sido la que ha sumido en las graves complicaciones que padece. Si bien aplicando la pérdida de oportunidad, la paciente recibirá finalmente entre principal e intereses unos 14.000 euros aproximadamente, lo cual desde el punto de vista de la dirección letrada no indemniza suficientemente a la paciente pero, seamos sinceros, es lo que en la práctica vienen dando los tribunales, un pequeño resarcimiento económico por grandes daños.

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