El juzgado confirma que el nombramiento del Jefe de Policía Local asidonense es legal, según el Consistorio
La sentencia considera que el proceso selectivo "respeta los principios constitucional"
El Ayuntamiento de Medina Sidonia (Cádiz) asegura que ha recibido sentencia judicial firme en relación con el recurso contencioso administrativo interpuesto por la Asociación de Jefes y Directivos de las Policías Locales de Andalucía (Ajdepla) contra la resolución del alcalde, Francisco Carrera, que, con fecha 28 de noviembre de 2008 acordó nombrar por libre designación a Antonio Cabeza de Vaca Guerrero como Jefe del Cuerpo de Policía Local del Ayuntamiento asidonense.
Según ha explicado el Consistorio en un comunicado, la sentencia considera que el proceso selectivo y la forma de provisión del puesto escogida por el Ayuntamiento "respeta los principios constitucionales de mérito y capacidad, no apreciándose arbitrariedad ni desviación de poder alguna, y quedando acreditada la observancia del cumplimiento de la normativa estatal y autonómica actualmente vigente".
La recurrente, Ajdepla, cuestionaba la legalidad del nombramiento y pretendía que, junto a las bases de la convocatoria, fuesen ambos declarados nulos y no conformes a Derecho. Sin embargo, ambas pretensiones han sido ya desestimados por la justicia a través de sendos pronunciamientos judiciales que a fecha de hoy, tras las resoluciones del Juzgado Contencioso Administrativo Nº 1 y 2 de Cádiz de fecha 19 de enero de 2011 y 20 de julio de 2010 , respectivamente, han sido declarados firmes.
Con ocasión de este último fallo a favor del Ayuntamiento, el alcalde ha manifestado su "gratitud" ante este "reconocimiento al buen hacer" de la Corporación que preside, e insta a que "los que tan alegremente han tratado de empañar con mentiras una decisión administrativa plenamente legal ahora se retracten públicamente de todas las acusaciones vertidas".
Según ha explicado el Consistorio en un comunicado, la sentencia considera que el proceso selectivo y la forma de provisión del puesto escogida por el Ayuntamiento "respeta los principios constitucionales de mérito y capacidad, no apreciándose arbitrariedad ni desviación de poder alguna, y quedando acreditada la observancia del cumplimiento de la normativa estatal y autonómica actualmente vigente".
La recurrente, Ajdepla, cuestionaba la legalidad del nombramiento y pretendía que, junto a las bases de la convocatoria, fuesen ambos declarados nulos y no conformes a Derecho. Sin embargo, ambas pretensiones han sido ya desestimados por la justicia a través de sendos pronunciamientos judiciales que a fecha de hoy, tras las resoluciones del Juzgado Contencioso Administrativo Nº 1 y 2 de Cádiz de fecha 19 de enero de 2011 y 20 de julio de 2010 , respectivamente, han sido declarados firmes.
Con ocasión de este último fallo a favor del Ayuntamiento, el alcalde ha manifestado su "gratitud" ante este "reconocimiento al buen hacer" de la Corporación que preside, e insta a que "los que tan alegremente han tratado de empañar con mentiras una decisión administrativa plenamente legal ahora se retracten públicamente de todas las acusaciones vertidas".
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