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Sábado 01/02/2025
 
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Almería

Condenado por traficar con éxtasis tras ser sorprendido al circular en sentido contrario

Las drogas intervenidas están valoradas en unos 347,4 euros en el mercado ilícito

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  • Sede de la Audiencia Provincial de Almería -

Un hombre ha sido condenado a cuatro años y medio de cárcel después de que fuera sorprendido por la Policía Local de Almería con diversas dosis de éxtasis que portaba para su venta tras ser identificado por circular en sentido contrario por la calle Granada de la capital.

El fallo por un delito contra la salud pública, consultado por Europa Press y contra el que cabe recurso de apelación, impone también al acusado, al que ya consta una sentencia por hechos anteriores, una multa de 600 euros con diez días de arresto sustitutorio en caso de impago.

La resolución considera probado que durante la noche de 1 de abril del pasado año el acusado fue identificado por agentes de la Policía Local de Almería cuando circulaba en sentido contrario por la calle Granada, por lo que procedieron a darle el alto.

De este modo, durante el cacheo al que fue sometido por los agentes, estos encontraron al acusado en posesión de una decena de bolsas con estupefaciente, en concreto, unos 4,4 gramos de MDMA o éxtasis y ketamina, con distintos grados de pureza.

Según la sentencia, las drogas intervenidas están valoradas en unos 347,4 euros en el mercado ilícito al que, según resuelve el tribunal, iba destinada la droga dispuesta para su venta al menudeo.

El tribunal tuvo en cuenta la declaración del acusado, quien si bien admitió la posesión de los estupefacientes, afirmó que estaban destinadas "al consumo" y que las guardó "para una fiesta que ya había transcurrido", si bien no se pudo acreditar su condición de consumidor de ningún modo, toda vez que las cantidades incautadas superaban el acopio para cinco días y, en algunos casos, superaba la pureza del 90%.

Para fijar la pena, el tribunal ha tenido en cuenta que el acusado fue condenado a dos años de cárcel por delito contra la salud pública por el Juzgado de lo Penal número 4 de Almería apenas un año antes de que se dieran los hechos. Dicha pena se encontraba suspendida con la condición de que el acusado no volviera a delinquir.

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