La Sala Tercera del Tribunal Supremo ha avalado a través de un auto complementario el recorte aplicado por el Gobierno en 2012 al real decreto de restricciones de garantía de suministro, también conocido como decreto del carbón.
En concreto, el Gobierno había recortado en marzo de 2012 en un 10% y de forma excepcional para ese año el volumen máximo de carbón autóctono que podría quemarse en las centrales térmicas.
Esta decisión aparecía en el real decreto ley 13/2012, que fue, tras la moratoria a las renovables, la segunda medida de choque del actual Gobierno para intentar contener el déficit de tarifa.
Este real decreto ley recogía una refacturación en el recibo de la luz por orden del Supremo que a afectos prácticos supuso una subida del 7% durante ocho meses, así como un recorte por 1.700 millones de euros a varias actividades reguladas, entre ellas los incentivos a la quema de carbón nacional.
Endesa recurrió ante el Supremo, entre otras cosas, este último aspecto, alegando que el recorte del 10% al decreto del carbón era insconstitucional al ser retroactivo y al vulnerar el principio de confianza legítima.
El recorte se había aplicado en un momento en el que la eléctrica ya tenía firmados los contratos para la compra en firme de carbón nacional para todo el año 2012, argumentó en su recurso.
En su auto, que aparece publicado este viernes en el BOE, el Supremo rechaza que el recorte sea retroactivo, ya que la rebaja no se aplicó para un "determinado y singular periodo anterior", sino de forma "excepcional" para el ejercicio 2012 en su totalidad.
El alto tribunal tampoco aprecia que se haya vulnerado el principio de confianza legítima, ya que las medidas aparecen justificadas de forma "suficiente" en la norma aprobada por el Gobierno.