El tiempo en: Costa Occidental
Viernes 15/11/2024
 
Publicidad Ai
Publicidad Ai

En román paladino

Separación de poderes

Fiscalía, Cámaras legislativas y Tribunal Supremo tendrán que decidir

Publicado: 23/05/2019 ·
09:26
· Actualizado: 23/05/2019 · 09:26
Publicidad AiPublicidad Ai
Publicidad AiPublicidad Ai
Publicidad Ai
Autor

Rafael Román

Rafael Román es profesor universitario, miembro del PSOE, exconsejero de Cultura y expresidente de la Diputación de Cádiz

En román paladino

El autor aborda en su espacio todos los aspectos de la actualidad política tanto de España, Andalucía y la provincia de Cádiz.

VISITAR BLOG

Todos los medios han titulado   una nota de la fiscalía del Tribunal Supremo: “La Fiscalía pide al Supremo que ordene a la Mesa del Congreso la suspensión automática de los presos”. El problema arranca, sin embargo,  más atrás porque el artículo71.2 de la Constitución Española  contempla que los diputados  “No podrán ser inculpados ni procesados sin la previa autorización de la Cámara respectiva”. Pero la verdad es  que los diputados y el senador - presos catalanes independentistas-  estaban ya siendo juzgados. En eso estriba la diferencia con los diputados o senadores a los que les viene sobrevenida una acusación que exige un examen judicial.

Se aparta de la opinión general del Tribunal Supremo y de la mayoría de los grupos parlamentarios  lo que opina el catedrático Pérez Royo de que – una vez que fueron elegidos parlamentarios nacionales los que están siendo juzgados- el Tribunal Supremo debería haber decretado su libertad provisional y solicitar   a Congreso y Senado la pérdida de su aforamiento, para proseguir su juicio. Es la literalidad de la Constitución, por encima de la Ley de Enjuiciamiento Criminal y de los propios Reglamentos del Congreso y del Senado, que, por otra parte, son muy claros en el sentido de que  los diputados o el senador si están  acusados,  pueden ser suspendidos “cuando, concedida por la Cámara la autorización objeto de un suplicatorio y firme el Auto de procesamiento, se hallare en situación de prisión preventiva y mientras dure ésta”.  Falta en todo este relato un hecho fundamental: la autorización del suplicatorio. Es un asunto  nuclear para la autonomía de la Cámara, de acuerdo con la Constitución, según algunos. Innecesario para la mayoría, dado que ya están siendo juzgados.

La presidenta del Congreso ha respondido a los justicieros – sobre todo de Ciudadanos, acompañada ahora de la popular  Álvarez de Toledo- que  "El Tribunal Supremo es el competente para determinar las consecuencias de las conductas de quién está juzgando". Quiere que sea el Tribunal Supremo el que  culmine  la labor que ha iniciado y que las cámaras queden inmaculadas en este vidrioso asunto. Fiscalía, Cámaras legislativas  y Tribunal Supremo tendrán que deshacer este nudo endiablado y decidir  una solución en días. “Correr despacio - decía Gracián-  es el augusto lema”. Mejor no equivocarse que tener que corregir por precipitación. La “estéril precipitación por mostrar severidad frente al independentismo” decía un editorial  de El País, no ayuda a nada bueno.

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN