Este año se incluye la "simplificación" de los trámites administrativos, así como la potenciación de las garantías de cumplimiento de la normativa
El proceso de escolarización para el curso escolar 2011-2012 se inicia este martes. Será la primera vez que se aplique el nuevo decreto regulador de los criterios y el procedimiento de admisión del alumnado en los colegios e institutos sostenidos con fondos públicos y que ha sido aprobado recientemente por el Consejo de Gobierno.
Este año se incluye la "simplificación" de los trámites administrativos, así como la potenciación de las garantías de cumplimiento de la normativa, según ha indicado el delegado provincial de Educación de la Junta, Antonio Escámez, quien ha resaltado que este proceso se caracteriza por la alta satisfacción de las familias, ya que, concretamente, el 97 por ciento de ellas obtiene plaza en el centro educativo solicitado en primer lugar.
A través de un portal específico en la página web de la Consejería de Educación se podrán consultar aspectos relativos a la tramitación, el estado de las solicitudes, los resultados de las asignaciones de plazas o la distribución de los centros docentes por zonas de escolarización. Esta herramienta también ofrecerá la posibilidad de descargar los impresos de solicitud, realizar autobaremaciones o llevar a cabo la tramitación telemática si se dispone de la firma digital.
Durante todo el procedimiento de escolarización permanecerá activo un teléfono gratuito de información (900 84 80 00) en horario ininterrumpido de 09.00 a 20.00 horas y las familias podrán recibir información sobre la plaza solicitada a través del correo electrónico y de mensajes de texto a su teléfono móvil.
Los colegios e institutos deben publicar la relación de vacantes y la información sobre las calles comprendidas en sus áreas de influencia y zonas limítrofes. En los casos en que la oferta de puestos escolares sea superior a la demanda, los solicitantes serán admitidos sin más trámites.
Sin embargo, sólo en aquellos centros donde no haya plazas suficientes para atender todas las solicitudes se procederá a la baremación y a la publicación en el tablón de anuncios de la relación de solicitantes con la puntuación obtenida, antes del día 14 de abril.
A partir de esa fecha, se abrirá un plazo de 10 días hábiles para la presentación de alegaciones, mientras que la relación definitiva de admitidos y no admitidos con la puntuación total se publicará el 11 de mayo. A los no admitidos se les indicarán las causas de su exclusión.
NUEVO DECRETO
La nueva norma, según el delegado provincial, "refuerza las garantías de transparencia e igualdad y recoge como principal novedad el principio de la escolarización pública única", que permitirá a las familias reservar plaza en una sola vez para todos los centros donde sus hijos se matricularán a lo largo de su vida escolar.
En lo relativo al alumnado con necesidades específicas, el decreto asegura su escolarización normalizada a través de la obligatoriedad de reservar tres plazas por clase en cada colegio e instituto. Además, en los casos del alumnado con discapacidad por motivos personales que requieran recursos muy específicos de difícil generalización, la Consejería de Educación deberá ofrecer a las familias una plaza en el centro educativo que mejor garantice la respuesta más adecuada.
La normativa refuerza también los criterios de proximidad y conciliación de la vida familiar en la misma línea de la última reforma aprobada en febrero del pasado año. De este modo, la nueva baremación aumenta de 13 a 16 puntos la existencia de algún hermano ya matriculado en el centro para el que se solicita. También se incrementa, de tres a cuatro puntos, la valoración del supuesto de que el padre o la madre trabaje en el centro. La valoración por domicilio familiar pasa de 10 a 14 puntos.
De igual modo, se mantiene el criterio de que la puntuación por hermanos en el centro se aplique también cuando se presenten solicitudes de varios de ellos para distintos cursos, aunque no cuenten con alguno matriculado previamente. La consideración de hermanos se extiende, asimismo, a los hijos de los dos cónyuges o parejas de hecho y a los menores sometidos a tutela o acogimiento familiar legalmente constituido dentro de la misma unidad familiar.