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Jueves 14/11/2024
 

Córdoba

El TSJA avala el cese actividad de juzgado de Montilla por falta de funcionarios

La sala de gobierno del TSJA "toma conocimiento de la delicada situación" del Juzgado de Montilla

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  • La sede del TSJA y de la Audiencia de Granada. -

El Tribunal Superior de la Junta de Andalucía (TSJA) ha avalado la decisión del secretario coordinador de Córdoba de decretar el cese de actividad del Juzgado de Instrucción número 1 de Montilla debido a la falta de funcionarios.

EL TSJA ha informado en una nota de que ha tomado conocimiento del expediente relativo a la situación del Juzgado mixto nº1 y de violencia sobre la mujer de Montilla y el acuerdo del secretario coordinador de córdoba adscribiendo "urgentemente y de forma temporal" funcionarios del otro juzgado de dicho partido judicial.

La sala de gobierno del TSJA "toma conocimiento de la delicada situación" del Juzgado de Montilla, que a su vez asume la competencia en asuntos de violencia sobre la mujer, y que ha obligado a "paralizar la actividad judicial ordinaria ante las numerosas vacantes sin cubrir de funcionarios durante un tiempo, quedando únicamente un tramitador".

En este contexto, se estima "correcta" la medida coyuntural acordada por el secretario coordinador de Córdoba, si bien "sumamente limitada en su eficacia -solo temas urgentes- y a cargo de funcionarios del otro juzgado del mismo partido judicial".

Asimismo, se apoya en su integridad la solicitud que se realiza desde ese órgano judicial, toda vez que el servicio publico que debe prestarse está "sensiblemente mermado" y se "dificulta gravemente la atención" a los ciudadanos, habida cuenta la escasa y "muy deficitaria" plantilla con la que cuenta ese órgano, que provoca suspensiones de juicios y retrasos reiterados en la tramitación de todo tipo de asuntos.

Por ello, ha instado a la Consejería de Justicia para la "remoción urgente" de los "obstáculos" para la designación de los funcionarios necesarios para ese órgano judicial, tanto titulares como de refuerzo, ya que esta "dejación de funciones" y el "dilatado periodo de tiempo sin cubrir bajas y vacantes en un órgano de estas características genera disfunciones evidentes en el derecho a la tutela judicial". 

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