El tiempo en: Costa Occidental
Jueves 14/11/2024
 
Publicidad Ai
Publicidad Ai

Sevilla

Facua dice que el dictamen del CESS prueba que las ordenanzas \"no amortiguan los incrementos sufridos\"

Publicidad AiPublicidad AiPublicidad Ai
Publicidad AiPublicidad Ai

Después de que el Consejo Económico y Social de Sevilla (CESS), por 21 votos a favor y 19 en contra, haya aprobado un dictamen que avisa de que el proyecto de ordenanzas fiscales del Ayuntamiento hispalense para 2015 no absorbe el "notable incremento de la carga contributiva" de años anteriores, Facua Sevilla avisa de que dicho pronunciamiento prueba que las nuevas ordenanzas "no amortiguan los incrementos sufridos en años anteriores".

   FACUA Sevilla, al igual que el CESS, critica que "se lance como un gran triunfo la congelación de la mayoría de los precios públicos para 2015, teniendo en cuenta que en años anteriores se experimentó un desorbitado incremento de la carga contributiva de los sevillanos". Recuerda que el dictamen lamenta la demora en la aportación de la documentación por parte de la Delegación de Hacienda, "imposibilitando su valoración por parte del Consejo pese a la importancia de la misma".

   Igualmente, critica que el proyecto remitido no esté acompañado de las líneas generales del presupuesto para el año 2015, "lo que hace imposible conocer cuánto se prevé recaudar y en qué está previsto que se invierta". Esta cuestión dificulta conocer la política fiscal que pretende llevar a cabo el Ayuntamiento, y por tanto valorar de manera más rigurosa el proyecto de ordenanzas.

   La asociación lamenta también que en algunos casos, la congelación de los precios "no sea real". La tasa por estacionamiento regulado de vehículos de tracción mecánica, conocida como zona azul, se incrementa en la tarifa especial de residentes en un 18,5% en el abono de lunes a viernes y del 14,28% en la tarifa de día/fracción, al unificar los índices de rotación de zonas medias y baja.

   FACUA Sevilla denuncia, al igual que ha hecho el Consejo en diversas ocasiones, que el precio de esta tasa no sea por el tiempo realmente consumido, incumpliendo así el Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, donde se señala la imposibilidad de cobrar por servicios no prestados efectivamente.

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN