El Ayuntamiento se va a ver obligado a devolver a los contribuyentes las cantidades cobradas indebidamente a través del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (plusvalías) como consecuencia de la reciente sentencia del Tribunal Constitucional que respalda que no puede exigirse al vendedor de un inmueble el pago de un impuesto que grava un incremento del valor de una vivienda cuando este hecho no se ha producido.
José Luis Ortiz, director del bufete Ortiz Abogados, no tiene duda de que “esta sentencia pionera del Constitucional acaba de tumbar el impuesto de plusvalías bajo el argumento de que las casa no siempre se revalorizan ni el ladrillo siempre sube, como de hecho ha ocurrido”.
El letrado pone como ejemplo el caso de innumerables personas que han vendido su casa, su chalet o su parcela por menos dinero del que les costó cuando la burbuja inmobiliaria estaba en pleno apogeo y que “además de vender por debajo del precio inicial” se han visto obligadas a pagar “un impuesto de plusvalía”. En este sentido, incide en el hecho de que un ayuntamiento “no toma como base impositiva el dinero que costó la casa o por lo que se vendió, sino el valor catastral, con un coeficiente corrector que ellos mismos fijan”. Así las cosas, y con la sentencia del Tribunal Constitucional en la mano, quienes decidan reclamar la devolución del dinero abonado en concepto de plusvalías tienen “garantía de éxito”. “El Constitucional ha puesto pies en pared, por lo que este tema va a ganarse masivamente a partir de ahora”, añade.
No hay datos concretos en el caso de Jerez, pero la sociedad de tasación Tinsa ha cifrado ya en unas 12.600 compraventas las que podrían verse afectadas en la provincia de Cádiz por la aplicación de la sentencia al haberse abonado plusvalías que ahora se consideran indebidas.
Un importante agujero
Más allá de las cantidades que los contribuyentes puedan llegar a reclamar, lo cierto es que como ya adelantó este medio la sentencia del Constitucional pone en entredicho un concepto que en los presupuestos en vigor contempla una previsión de ingresos para el Ayuntamiento de 13,8 millones de euros, una cantidad superior a la que se prevé recaudar por el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (10,7 millones) y próximo a la recaudación total por la tasa de recogida de basuras (16,6 millones).
A la hora de hablar de reclamaciones, la sentencia no hace referencia expresa a sus efectos temporales, pero los expertos entienden que por regla general en el caso de las autoliquidaciones la posibilidad de instar a su rectificación se extiende por un periodo de cuatro años. En el periodo comprendido entre 2013 y 2016 se vendieron en Jerez más de 5.000 viviendas.