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Miércoles 27/11/2024
 
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España

La Junta levanta la suspensión que mantenía el PGOU de Marbella sobre la zona comercial Plaza del Mar

Esta decisión se adopta una vez que el Ayuntamiento de Marbella ha subsanado la anomalía detectada

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La Consejería de Obras Públicas y Vivienda ha levantado la suspensión que existía en el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de Marbella (Málaga) sobre el artículo de las normas urbanísticas destinado a la regularización de la zona comercial Plaza del Mar, edificada bajo el espacio libre conocido como playa de la Fontanilla.

Esta decisión se adopta una vez que el Ayuntamiento de Marbella ha subsanado la anomalía detectada, garantizando así la consideración de estos suelos del borde litoral como bien de dominio público.

Tanto la Junta de Andalucía como el Ayuntamiento han trabajado conjuntamente para encontrar la solución jurídica que mejor se ajustara a esta situación, han subrayado en un comunicado desde el Gobierno andaluz.

Tal y como estaba redactado el apartado 7 del artículo 6.5.16 en el documento del PGOU, no se garantizaba correctamente la preservación del espacio libre de playa de la Fontanilla. Además, se remitía a un estudio detalle para especificar la rasante y la edificabilidad del ámbito, criterios para los que este instrumento urbanístico no tenía capacidad legal.

En el nuevo texto esas determinaciones quedan fijadas por el propio Plan General, que es la figura competente para ello. Se establece que la plaza de la playa de la Fontanilla deberá desarrollarse en una única plataforma horizontal, tomando como referencia la cota de la calle Camilo José Cela.

A su vez, se determina para dicho sector una superficie mínima de 8.500 metros cuadrados y obliga a destinar el resto del suelo hasta alcanzar los 9.040 metros cuadrados de que dispone esta plaza para la comunicación con el paseo marítimo, ubicado a una cota inferior.

También se detalla la necesidad de disponer de un acceso peatonal público, a través de comunicación interior directa con el paseo marítimo, con una superficie mínima de 1.200 metros cuadrados.

Este artículo establece que en la regularización del centro comercial y aparcamiento ubicado bajo este ámbito se deberá garantizar el cumplimiento de las condiciones señaladas anteriormente y requiere al Ayuntamiento para que considere y registre la actuación como un complejo inmobiliario, permitiendo con ello distinguir las superficies públicas de las privadas, de acuerdo a la legislación estatal de suelo.

De esta forma, el aprovechamiento generado bajo rasante se considerará un bien patrimonial del Ayuntamiento de Marbella, que podrá enajenarlo por el procedimiento establecido en la legislación local.

OTROS CINCO ÁMBITOS

Previamente, la Consejería de Obras Públicas y Vivienda ya había dejado sin efecto a finales del pasado año la suspensión que pesaba sobre cinco ámbitos, que han quedado incorporados en el PGOU de Marbella.

En noviembre de 2010 se normalizaron los sectores San Francisco Norte, Chorraero y Arroyo Segundo, tras la inclusión por parte del Ayuntamiento en el Plan General del estudio hidráulico-hidrológico de los cauces detectados en estos ámbitos.

El nuevo informe permitía delimitar la zona de dominio público y de servidumbre, así como las áreas inundables. Estos tres sectores quedaban incorporados al nuevo PGOU como suelos urbanizables sectorizados.

Por otro lado, en octubre del mismo año se levantó la suspensión de otros dos ámbitos, Los Magnolios y Alvarito Playa, al estimar que en ambos casos se cumplía con el objetivo recogido en el documento de preservar los espacios libres del borde litoral.

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