La Fiscalía del Tribunal Supremo (TS) ha enviado un informe a la Sala Segunda del TS en el que pide inadmitir las querellas presentadas por Vox y Láocratas contra el ministro de Transportes, José Luis Ábalos, por un delito de prevaricación por su reunión del pasado 19 de enero en el aeropuerto de Barajas con la vicepresidenta de Venezuela, Delcy Rodríguez.
En su informe, el Ministerio Público interesa la desestimación de los dos recursos de súplica presentados, la declaración de competencia de la Sala Segunda y la inadmisión de las querellas acumuladas.
A su juicio, no existen "indicios suficientes" de que los hechos sean constitutivos de un delito de prevaricación, ni de la participación de Ábalos en los mismos, por lo que aboga por que "se inadmita a trámite la querella y se decrete el archivo de las actuaciones".
Vox y Laócratas señalan a Ábalos por haber autorizado que Rodríguez "atravesara el espacio aéreo español y aterrizara en el Aeropuerto Adolfo Suárez Madrid-Bajaras", a pesar de que "tenía prohibida su estancia y tránsito por el espacio europeo" debido a las sanciones dictadas por la UE.
Para la Fiscalía, esta acusación está basada "exclusivamente" en artículos de prensa y en la declaración notarial de un trabajador que "ni siquiera especifica su puesto de trabajo, todo ello sin concretar mínimamente la participación del querellado en los hechos imputados".
Así, ha reprochado a los querellantes que, "al margen de sus opiniones y sospechas, no concretan cuál es la resolución injusta y arbitraria dictada por el querellado, ni cuáles son los indicios de participación del querellado en la decisión que cuestionan, desconociéndose incluso quién la tomó, ni mucho menos las razones de la misma".
Se trata --sostiene-- de un "defecto de especial trascendencia, dado que el delito de prevaricación se reserva para sancionar supuestos límite, en los que la actuación administrativa no solo es ilegal, sino además injusta y arbitraria".
"De las querellas no se evidencia ni el dictado de una resolución administrativa, ni mucho menos su injusticia y arbitrariedad", ha afirmado, concluyendo que no existen los indicios mínimos para tramitar en la Sala Segunda una causa por prevaricación, sin perjuicio del resultado de las investigaciones en el juzgado de instrucción 31 de Madrid.