En el marco del recurso judicial presentado contra dicha elección por parte de una asociación de Granada
El Tribunal Supremo ha ordenado este lunes que se complete el expediente remitido por el Gobierno sobre el proceso de designación de A Coruña como sede de la Agencia Española de Supervisión de la Inteligencia Artificial (Aesia), en el marco del recurso judicial presentado contra dicha elección por parte de una asociación de Granada.
Esta petición, concretada a través de una diligencia de ordenación de la Sala Contencioso Administrativo del Alto Tribunal -a la que ha tenido acceso EFE-, se produce después de que el colectivo Sociedad Civil Juntos por Granada trasladara al Supremo que el expediente remitido por el Ejecutivo "no estaba completo".
En el marco de una pieza de suspensión y planteada una supuesta falta de legitimación de la parte recurrente, el Tribunal ha ordenado en concreto que se oficie a la administración demandada "a fin de que se complete el expediente" respecto a una de las documentales.
El Supremo indica además que, una vez que se resuelva sobre la legitimación de la asociación para recurrir, si se declarara la misma, "ya se reclamará que se complete el expediente en el procedimiento principal".
La asociación recurrente comprobó que al expediente remitido por la administración central le faltaban "al menos varios documentos o partes esenciales", entre ellos las tablas de valoración y la puntuación detallada obtenida por las candidaturas presentadas, conforme a los criterios establecidos.
Juntos por Granada fue el primer colectivo en pedir al Supremo la suspensión de la aplicación o la vigencia de la decisión del Consejo de Ministros del pasado 5 de diciembre, por la que se eligió a A Coruña como sede de la Aesia.
El recurso, al que tuvo acceso EFE, explicaba que el acuerdo del Consejo de Ministros resolvía el concurso público convocado para la adjudicación de la sede física de la futura Agencia de la Inteligencia Artificial, a la que concurrieron un total de 16 candidaturas, entre ellas la de Granada.
Los recurrentes pretenden que el Supremo declare la invalidez y consiguiente anulación de la adjudicación de la sede a uno de los concursantes concurrentes, al entender que A Coruña no ofrecía ni el mejor proyecto, ni la mejor puntuación posible.