El tiempo en: Costa Occidental
Sábado 30/11/2024
 
Publicidad Ai
Publicidad Ai

Huelva

La Audiencia autoriza el riego con agua subterránea a la finca Doñana precintada en 2014

Estima el recurso de apelación presentado por las empresas que explotan esta finca, representadas por el letrado José Luis León contra el auto del Juzgado Mixto número 3 de La Palma del Condado que acordó como medida cautelar la paralización de la actividad de extracción de agua

Publicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad Ai Publicidad AiPublicidad Ai
Publicidad AiPublicidad AiPublicidad Ai Publicidad AiPublicidad Ai

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Huelva ha autorizado a los agricultores de la finca 'La Borrachuela' en Almonte  el riego de sus explotaciones con agua subterránea del acuífero 27, después de que se les impidiera por orden judicial a finales de 2014.

La Audiencia, en un auto de 24 de julio al que ha tenido acceso Efe, estima el recurso de apelación presentado por las empresas que explotan esta finca, representadas por el letrado José Luis León contra el auto del Juzgado Mixto número 3 de La Palma del Condado que acordó como medida cautelar la paralización de la actividad de extracción de agua.

El auto indica que de la Ley de Enjuiciamiento Civil se deduce como presupuesto material para la adopción de una medida cautelar la menor onerosidad de la medida adoptada, es decir, que no sea susceptible de sustitución por otra medida igualmente eficaz pero menos gravosa o perjudicial para el demandado.

Por ello, sustituye la medida cautelar de cierre o precinto de los pozos por una limitación o seguimiento en la extracción de aguas que pasan por la adopción de una serie de medidas.

Entre ellas, los agricultores deberán instalar, en el plazo de diez días desde la notificación de esta resolución, cada uno en su pozo o sondeo, un contador que controle el nivel de agua extraído, que será debidamente homologado por la administración competente.

Al mismo tiempo se verificará por el Seprona que no existen otras vías de extracción de agua de los pozos y sondeos distintas de aquellas que han de quedar monitorizadas conforme a lo expuesto y se controlará que el volumen de agua captado en cada pozo o sondeo no podrá exceder del fijado por la Administración competente, tomándose como referencia el establecido en el Plan de Ordenación de Regadíos de la Corona Norte Forestal de Doñana.

Además, semanalmente se procederá a la lectura de los contadores por parte del Seprona, que remitirá los datos obtenidos al Juzgado quien, simultáneamente dirigirá oficio a la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir u otro organismo que pueda resultar competente, a fin de que sin dilación se exprese la posición actual de la Administración respecto la legalidad o regularidad de los pozos y sondeos, así como la posibilidad por los apelantes de mantener un volumen de extracciones.

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN