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Viernes 15/11/2024
 
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Huelva

Reclaman el proyecto que mejor garantice la recuperación de la marisma

El Ayuntamiento recuerda en sus alegaciones ante la Audiencia su potestad recogida en el PGOU y exige para la zona de los fosfoyesos que tenga el proyecto que mejor garantice su recuperación ambiental, paisajística y urbana

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  • Imagen aérea de las balsas -

El escrito de alegaciones presentado por el Ayuntamiento de Huelva ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional (AN) en el proceso para la ejecución del plan de regeneración de la zona de marisma ocupada por los residuos de los fosfoyesos vertido por Fertiberia apuesta por que se exija el proyecto que “mejor garantice la recuperación ambiental paisajística y urbana de la zona”.
Así se recoge en el escrito de alegaciones al que ha tenido acceso Viva Huelva, y donde se hace hincapié en ayudar desde la institución local capitalina a “la más pronta recuperación de los terrenos de la antigua concesión a Fertiberia”.

En el escrito se eleva súplica a la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la AN para que se requiera a Fertiberia “a fin de que proceda a la tramitación urbanística del proyecto de recuperación ambiental de los terrenos de la antigua concesión”. Se trata de un total de cinco alegaciones que se contextualizan en las competencias que tiene el Ayuntamiento en materia de ordenación del territorio municipal. Así, el Ayuntamiento justifica la presentación de las alegaciones en el cumplimiento del mandato recibido tras la aprobación en pleno del 21 de diciembre de 2015 de la moción de IU en la que se reclamaba un nuevo informe de compatibilidad urbanística del proyecto, por considerar que el presentado no respeta el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) ni el de Ordenación del Territorio de Andalucía (POTA), así como el Plan Director de Infraestructuras de Andalucía (PIDA).

En este sentido, tras justificar en sus alegaciones la concurrencia de tres administraciones con competencias en la  zona (el Estado, la Junta de Andalucía y el Ayuntamiento), se recuerda las que son propias del Consistorio en materia de urbanismo, “con potestades concretas tales como las referidas al planeamiento, la gestión o ejecución de instrumentos planificadores y la intervención administrativa en las funciones dominicales sobre el uso de suelo y edificación”.

Del mismo modo, pone en valor en la tercera alegación, que hace referencia a los usos previstos en el PGOU de Huelva en relación a los suelos a regenerar, que su artículo 514 de las ordenanzas del Plan, bajo el título ‘Suelos No Urbanizables. Espacios a regenerar’, indica dos grados de protección, que en el caso de la zona de los fosfoyesos, se trata del grado 2 denominado “vertederos en marismas en funcionamiento en la actualidad”, entre los que se encuentran los suelos que deben ser objeto de recuperación ambiental como consecuencia de la ejecutoria de la Audiencia, y sobre los mismos “establece como usos permitidos o compatibles los forestales, equipamiento, infraestructuras y espacios libres, prohibiendo las actividades industriales y los vertederos”.

El Ayuntamiento alega también “la necesidad de que cualquier proyecto constructivo debe ser respetuoso con la legalidad urbanística, y en tal sentido, deberán tenerse en cuenta las previsiones de planeamiento general de la ciudad de Huelva”, explicadas anteriormente. Del mismo modo, pone de manifiesto “la sensibilidad que la puesta en marcha de cualquier proyecto para la recuperación ambiental de la antigua concesión de Fertiberia genera en la población de Huelva y en sus responsables políticos. Hasta el punto que en la ciudad se ha formado una ‘Mesa de los Fosfoyesos’, compuesta por representantes locales de todas las administraciones y distintos colectivos vecinales, económicos y sociales, así como una comisión de expertos formada por investigadores de la Universidad de Huelva que tiene por objeto estudiar las distintas alternativas”.

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