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Sábado 30/11/2024
 
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Jaén

Acusación recurrirá ante el TSJA el fallo absolutorio a favor del imputado por el crimen del Hospital

La familia tiene "muy claro" que Mohamed N. fue el autor de la muerte

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La acusación particular que representa a la familia de la víctima del conocido como 'crimen del Hospital' presentará recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) tras la sentencia absolutoria que emitía el pasado 5 de junio la Audiencia Provincial de Jaén a favor del único imputado en el caso, el varón de nacionalidad marroquí Mohamed N. sobre el que un jurado popular emitió un veredicto de inocencia.

   Según ha manifestado a Europa Press el letrado de la acusación, Celso Lopezosa, este mismo martes se ha reunido con la familia del fallecido, la cual le ha trasladado su interés por recurrir el fallo en los próximos días, toda vez que la misma tiene "muy claro que Mohamed N. fue el autor de la muerte" del vecino de la capital jiennense en la madrugada del 11 de marzo de 2011, tal y como manifestaba la hermana de éste en el plenario.

   Asimismo, cabe recordar que el Jurado consideró que se desconoce la identidad de la persona o personas que intervinieron en la muerte del vecino de la capital. La sentencia recoge que los hechos declarados probados son constitutivos de un delito de homicidio, si bien, se desconoce la persona o personas que provocaron el fallecimiento, con lo que procede dictar sentencia absolutoria respecto del único imputado por el homicidio.

   Para el Jurado Popular, "no existe prueba de cargo que desvirtúe el principio de presunción de inocencia", aunque la Audiencia señala las "contradicciones" entre lo manifestado por el policía que trasladó a un preso compañero del acusado cuando estuvo en la cárcel, el cual dijo que el imputado se jactaba de haber dado muerte a la víctima, y lo expresado en el acto del juicio por el interno, que indicó que él no había hablado con Mohamed N. y que nada, por tanto, le dijo de los hechos.

   "La única duda surge en torno a la identificación por el acusado de la víctima, pues según los servicios médicos ellos no tocaron el cadáver, sino que fue la Comisión Judicial y la Policía, limitándose los facultativos que llegaron al Hospital a verificar si estaba vivo, pero sin moverlo o tocarlo". "En todo caso, tal duda no puede fundamentar un pronunciamiento de culpabilidad".

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