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Jueves 14/11/2024
 
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Jaén

El juez rechaza impedir el lanzamiento de la pava por entender que el animal "no sufre daño alguno"

Para el juez "es mas que dudoso que el mero acto de lanzar una pava desde una altura sea delito de maltrato animal", de ahí que rechace la imposición de medidas cautelares tal y como había solicitado el Pacma

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El Juzgado de Instrucción número 3 de Jaén ha rechazado la imposición de medidas cautelares solicitadas por el Partido Animalista contra el Maltrato Animal (Pacma) para evitar el lanzamiento de la pava de Cazalilla (Jaén) por entender que el animal "no sufre daño alguno" cuando es arrojado desde el campanario a la multitud.

   Tras analizar los expedientes administrativos abiertos por estos hechos desde 2013, el juez Francisco Sánchez Gasca determina en su auto, al que ha tenido acceso Europa Press, que "en los tres casos en que se lanzó al animal desde el campanario de la iglesia, el animal aleteó o voló, el animal fue recogido por un tercero, bien la calle o bien en un tejado, y el recogedor del animal se lo llevó. En ninguno de los tres casos se le causó daño al animal".

   Para el juez "es mas que dudoso que el mero acto de lanzar una pava desde una altura sea delito de maltrato animal", de ahí que rechace la imposición de medidas cautelares tal y como había solicitado el Pacma.

   Añade que si finalmente este año se llegara a lanzar la pava finalmente, entiende que "si se produce algún daño al animal, sí habría posible delito de maltrato animal" e incluso, según añade, "si se matara a la pava, igualmente habría delito, no por quien la lanza, sino por quien la mata".

   No obstante insiste el juez que "si ocurre como en los años anteriores en que no se causa daño alguno al animal (y así se ha constatado expresamente en los expedientes administrativos) entiendo que no hay delito de maltrato animal".

   También hay un mensaje directo al Pacma por hacer solicitado medidas cautelares en el juzgado. En este sentido, el auto recoge que "no se puede convertir al Juzgado de Instrucción en un Juzgado administrativo, para adoptar resoluciones de naturaleza administrativa y no penal".

   En esta línea, añade que no comparte la decisión del Pacma de pretender "impedir judicialmente por la vía penal del Juzgado de Instrucción, un acto festivo popular, que forma parte del acervo cultural e histórico de la localidad de Cazalilla, con tales dudas sobre la existencia de delito".

   El auto termina haciendo alusión al "carácter mediático del asunto, la publicidad o propaganda que se ha hecho del asunto en los
últimos años". El juez estima que el mensaje que ha llegado a la sociedad en los últimos años ha sido doble ya que por un lado, están los que los que afirman que el acto es "un caso de crueldad y que hay maltrato animal", y por otro lado están quienes sostienen que el animal no sufre daño alguno.

   Dicho esto, el juez establece que "cada persona, en el debate social abierto, debe sacar sus conclusiones. Pero lo cierto, es que viendo los expedientes, este juzgador entiende que no cabe
sino dar la razón a estos últimos ya que el animal no sufre daño alguno".

   Contra este auto hay posibilidad de recurso de reforma ante el mismo juzgado y de apelación en la Audiencia provincial.

   El lanzamiento de la pava desde el campanario de la iglesia de Santa María Magdalena es una costumbre muy arraigada que cada 3 de febrero no sólo reúne a cazalilleros, sino a otras personas llegadas de poblaciones cercanas como Mengíbar, Espeluy, Villanueva de la Reina o Lahiguera. La mayoría de los vecinos y participantes defienden su celebración, de la que el Ayuntamiento está desvinculado, negando que se causen daños al animal, que permanece con quien lo recoge como símbolo de fortuna.

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