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Andalucía

Sancionan a Endesa con 17.500 euros por no incluir los impuestos en sus ofertas

Dirección General de Consumo del Gobierno balear considera que la eléctrica ha incurrido en una "infracción grave" en materia de defensa de los consumidores

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  • Exterior de unas oficinas de Endesa. -
  • Todas las promociones deben informar "del precio final completo", según la ley.

Tras la denuncia de Facua-Consumidores en Acción, la autoridad de Consumo del Gobierno de las Islas Baleares ha resuelto multar a Endesa por publicitar ofertas comerciales que no incluían los impuestos indirectos, con lo que sus tarifas aparentaban ser mucho más económicas.

En su resolución, la Dirección General de Consumo del Gobierno balear considera que la eléctrica ha incurrido en una "infracción grave" en materia de defensa de los consumidores y usuarios y le impone una sanción de 17.500 euros.

Se trata de la cuarta compañía multada por Baleares por incurrir en esta práctica. Anteriormente, sancionó a Naturgy, Cepsa y Repsol con 24.000 euros cada una. 

Diez eléctricas denunciadas

FACUA interpuso en enero de 2020 denuncias contra diez comercializadoras ante las autoridades de protección al consumidor autonómicas por no indicar en sus ofertas el precio final, incluidos los impuestos indirectos, que en el caso de la luz representan el 27,2% (el IVA general más el impuesto especial sobre la electricidad).

La asociación también se dirigió al Ministerio de Consumo para solicitarle que instar a las compañías a cumplir la ley general para la defensa de los consumidores y usuarios y solicitase a las comunidades autónomas que abriesen expedientes sancionadores.

Ante la repercusión pública que obtuvo el asunto, las diez compañías denunciadas fueron paulatinamente corrigiendo su publicidad, aunque todavía hoy existen irregularidades de ese tipo por parte de algunas empresas del sector energético.

Legislación vigente

El artículo 20 de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios establece que todas las ofertas comerciales deben informar "el precio final completo, incluidos los impuestos".

También el artículo 60, relativo a la información previa al contrato, y el 97, sobre los datos facilitados a los consumidores antes de firmar contratos a distancia o fuera de establecimientos mercantiles, indican que las empresas están obligadas a indicar los precios con los impuestos y tasas incluidos.

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