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Cádiz

Ojeda recurre la inhibición del juez de Cádiz a favor de Alaya porque no investigan los mismos hechos

El juez Miguel Ángel López Marchena dictó la pasada semana un auto en el que se inhibía en favor de Alaya en la investigación iniciada el pasado mes de agosto tras la detención de Ojeda al considerar que es la competente para investigar

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  • Ángel Ojeda. -

El exconsejero de Hacienda de la Junta de Andalucía Ángel Ojeda ha recurrido la decisión del juez de Instrucción número 2 de Cádiz de inhibirse en favor de la juez de Sevilla Mercedes Alaya en la investigación de los cursos de formación que afecta al exconsejero, ya que "a día de hoy no existe acreditación de que en juzgados diferentes se estén investigando los mismos hechos".

   El juez Miguel Ángel López Marchena dictó la pasada semana un auto en el que se inhibía en favor de Alaya en la investigación iniciada el pasado mes de agosto tras la detención de Ojeda al considerar que es la competente para investigar las presuntas irregularidades que se atribuyen al imputado, ya que la magistrada había iniciado una investigación por los mismos hechos con anterioridad y fue la que primero inició las diligencias.

   En el recurso elevado al Juzgado de Instrucción número 2 de Cádiz, al que ha tenido acceso Europa Press, el abogado del exconsejero recuerda que el auto donde la juez imputó a su patrocinado "se limita a definir que en las diligencias previas" seguidas por su Juzgado "se investigan presuntas irregularidades en la concesión de subvenciones excepcionales a AEA, Humanitas, Innova, Inteca y Natura desde la perspectiva del órgano concedente de la subvención, y así, con rotunda claridad, define que la investigación se circunscribe a una actividad delictiva presunta en grado de cooperación necesaria de delitos cuya comisión viene reservada para los funcionarios públicos --prevaricación y malversación--".

   Frente a ello, en el Juzgado de Cádiz "el objeto de la investigación tal y como lo describe el atestado policial, viene conformado por presuntos delitos cometidos no por el órgano concedente sino por el beneficiario de determinadas subvenciones en materia de formación, en concreto, por Humanitas, y más en concreto, presuntas irregularidades cometidas en la gestión y justificación de dichas subvenciones", tal y como adelante este martes 'El País'.

   Estas subvenciones, añade el letrado, "no sólo son excepcionales exclusivamente, pues en el atestado se describen subvenciones concedidas bajo concurrencia competitiva al amparo de la orden reguladora y de manera confusa, parece comprenderse tanto las concedidas y tramitadas por la Delegación Provincial de Cádiz como las concedidas y tramitadas por la Dirección General de Formación para el Empleo del SAE también bajo régimen de concurrencia competitiva".

"CAOS"

   Todo ello "sin que en ningún caso en el atestado de la UCDEF presentado" ante el Juzgado de Cádiz "pueda colegirse que se estén investigando en exclusiva subvenciones excepcionales tramitadas y concedidas directamente por el consejero de Empleo en su condición del presidente del SAE, que es precisamente" lo que la juez Alaya "informa en su auto que es el objeto exclusivo de su investigación".

   El abogado considera que "por el cierto caos o desorden definitorio en torno a cuales sean con claridad los objetos procesales de ambas investigaciones criminales y salvo que aceptemos la intolerable premisa de que una persona o un grupo de empresas pueda ser investigada indiscriminada, ampliamente, 'sine die', de manera prospectiva e indagatoria hasta encontrar pruebas de delitos en todas y cada una de las distintas y variadas subvenciones que haya legítimamente recibido, se habrá de convenir que ciertamente, a día de hoy, no existe acreditación de que en juzgados diferentes se estén investigando los mismos hechos".

   Al hilo, la defensa de Ojeda insiste en que "las entidades aparentemente investigadas han recibido distintas tipologías de subvenciones en materia de formación, tanto regladas en régimen de concurrencia competitiva por la Delegación Provincial de Cádiz, como regladas en régimen de concurrencia competitiva por la Dirección General de Formación para el Empleo del SAE, como subvenciones excepcionales concedidas directamente por el consejero de Empleo en su condición de presidente del SA, y que, por tanto, para poder afirmar con rotundidad y claridad que el objeto de ambos procesos sea el mismo, debe venir claramente definido por los respectivos órganos instructores qué subvenciones concretas y específicas investiga cada uno de los juzgados".

   "A día de hoy, no existe acreditación suficiente de que el Juzgado de Sevilla se encuentre investigando las mismas y exactas subvenciones que las contenidas en el atestado de la UCDEF", insiste el abogado, que añade que "tampoco es posible constatar que sea el Juzgado de Sevilla el primero que haya iniciado la investigación", pues Alaya ha dictado auto de imputación con fecha 11 de septiembre pero "no acredita ni refiere ni ofrece datos concretos para conocer desde cuando ha dirigido el objeto procesal de su investigación contra Ojeda" ni "desde cuando se encuentra investigando las mismas subvenciones que las que el Juzgado de Cádiz viene investigando".

"CÁDIZ, EL TERRITORIO DE COMISIÓN DE LA PRESUNTA ACTIVIDAD DELICTIVA"

   El abogado precisa que "no dudamos" que la juez Alaya haya incoado sus diligencias previas con anterioridad al juez de Cádiz, "pero lo que a la competencia procesal concierne, lo parcialmente relevante no es la fecha de apertura sino la fecha concreta en la que un Juzgado pueda acreditar que investiga una concreta y exacta actividad delictiva contra una persona o empresa determinada".

   En todo caso, añade, "es Cádiz el territorio de comisión de la presunta actividad delictiva investigada en las presentes diligencias previas, pues se analice desde el prisma que se analice, ha sido en Cádiz donde se han impartido los cursos de formación, en Cádiz donde se han cometido las presuntas irregularidades detectadas en el atestado, ha sido  la Delegación de Cádiz quien ha tramitado y concedido las subvenciones" y "quien ha contratado, fiscalizado y seguido la gestión de los fondos públicos cuando las subvenciones han sido concedidas tanto por la Dirección General como por el presidente del SAE".

   Por todo ello, pide al juez de Cádiz que reforme el auto recurrido, mantenga su competencia y continúe la instrucción de la causa.

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