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Sevilla

Un testigo desvela que pagaban al indigente muerto para grabarle mientras le pegaban

Un testigo protegido ha inculpado ante la juez instructora a los dos jóvenes detenidos tras la muerte de un indigente al que supuestamente habrían ofrecido dinero en la localidad de Dos Hermanas a cambio de que se quemara la barba para grabarlo en vídeo y luego colgarlo en Internet

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Un testigo protegido ha inculpado ante la juez instructora a los dos jóvenes detenidos tras la muerte de un indigente al que supuestamente habrían ofrecido dinero en la localidad de Dos Hermanas (Sevilla) a cambio de que se quemara la barba para grabarlo en vídeo y luego colgarlo en Internet.

   Según el acta de su declaración, a la que ha tenido acceso Europa Press, este testigo aseguró que los dos imputados, Francisco C.D. y Manuel D.A., eran "colegas" del fallecido y "de manera habitual" le ofrecían dinero a cambio de que se dejara grabar en vídeo, algo que "ha presenciado" el declarante.

   En este sentido, el testigo señaló que, en una ocasión, presenció cómo los dos imputados ofrecieron diez euros al indigente, quien "estaba enganchado" a la droga, para que se dejara grabar en vídeo mientras una persona le golpeaba "por detrás", añadiendo que él estuvo presente cuando se realizó la propuesta aunque no cuando se grabó dicho vídeo.

   El testigo indicó que la víctima "aceptaba sin ningún inconveniente" las propuestas realizadas por los dos detenidos, quienes "no tenían ni que insistir ni que obligarle", aunque en este punto aseveró que "lo único que sabe del día de las quemaduras y posterior ingreso de la víctima es que falleció".


LOS IMPUTADOS LO NIEGAN

   De su lado, los dos imputados comparecieron recientemente ante la juez y negaron los hechos que se les atribuyen, de manera que Francisco C.D. aseguró que es "incierto" que haya ofrecido dinero a la víctima a cambio de grabar y puso de manifiesto que "nunca le hizo ningún tipo de ofrecimiento para que se lesionara a cambio de dinero".

   De este modo, y según la declaración prestada el pasado 2 de octubre ante la juez de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Dos Hermanas, Francisco C.D. también negó haber tenido en su teléfono móvil vídeos en los que interviniera el fallecido ni haber presenciado ninguna grabación con la víctima como protagonista.

   El segundo de los imputados, Manuel D.A., también negó haber realizado ninguna propuesta al fallecido "para que se autolesionara mientras es grabado", ya que "no ha ofrecido nada a nadie", incidiendo en que "no es cierto que ofreciese dinero al fallecido para que se quemase la barba" ni tampoco "a cambio de grabarse".

   Asimismo, este imputado puso de manifiesto en su declaración ante la juez instructora que "no es cierto que haya grabado ningún vídeo golpeando" a la víctima ni ha presenciado ni participado en la grabación de ningún vídeo.


LA AUDIENCIA RECHAZA SU INGRESO EN PRISIÓN

   Recientemente, la Audiencia Provincial de Sevilla rechazó la petición de la Fiscalía para que ordenara el ingreso en prisión de los dos detenidos, a quienes la juez dejó en libertad por un delito de lesiones dolosas al entender que no hay "nexo causal" entre estos supuestos hechos y la causa final del fallecimiento, que no fueron las quemaduras sino las diversas enfermedades que padecía la víctima.

   La Sección Séptima, en un auto al que ha tenido acceso Europa Press, rechazó de este modo el recurso del Ministerio Público contra el auto del pasado 6 de junio en el que la juez dejó en libertad con cargos a los dos detenidos y únicamente les impuso la obligación de comparecer en el Juzgado los lunes y viernes de cada semana.

   El tribunal, en primer lugar, considera que "el examen del testimonio íntegro de la causa permite comprobar que tras la resolución recurrida la instrucción ha proseguido practicando, sin constancia de problema alguno, cuantas diligencias se han solicitado o se haya estimado oportuno acordar de oficio".

   Asimismo, y según indica la Audiencia en el auto, "pese al tiempo transcurrido no consta que los imputados se hayan dado a la fuga o hayan dejado de cumplir sus presentaciones periódicas ante el Juzgado instructor".


NO EXISTE RIESGO DE FUGA

   De esta manera, argumenta la Audiencia Provincial, "no consta el riesgo de fuga y de destrucción o manipulación de pruebas que constituyen el argumento nuclear del recurso, y en su día constituyó el soporte de la petición de la medida cautelar que se reitera ante este tribunal de apelación".

   Por todo ello, la Audiencia considera "suficiente" la medida cautelar adoptada por la juez de Instrucción y confirmó el auto donde dejó en libertad a los dos imputados.

   Tras pasar a disposición judicial, la Fiscalía ya solicitó que se prorrogara la detención de los dos jóvenes y, de manera subsidiaria, que se ordenara su ingreso en prisión, pero la juez rechazó esta petición alegando que "no concurren ninguno de los fines constitucionalmente acuñados para la adopción" de esta medida.     

   La juez considera que, "aún cuando se diese por constatado indiciariamente el suceso delictivo --extremo que no acontece--, no puede obviarse la causa del fallecimiento, que supone una ruptura absoluta del nexo causal a efectos de poder atribuir un tipo penal de mayor penalidad", ya que el finado habría muerto a causa de las diversas enfermedades que padecía, como neumonía, VIH y sífilis, y no de las quemaduras que presentaba.

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