El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha resuelto parcialmente en favor de cuatro familias que solicitaban que el castellano sea lengua vehicular en la educación de sus hijos, por lo que insta a la Generalitat a adoptar "cuantas medidas sean precisas" para adaptar el sistema de enseñanza.
Según el fallo de la Sección Quinta de la Sala Contenciosa del TJSC, se considera el castellano también como lengua vehicular de la educación en Catalunya junto con el catalán, y establece el derecho de las cuatro familias a recibir las comunicaciones, circulares y cualquier documentación escolar también en castellano.
En su argumentación, los magistrados defienden que el derecho fundamental a la educación garantiza ningún derecho de opción a recibir la enseñanza exclusivamente en una sola de las lenguas oficiales, así como a la no diferenciación de grupo por razón de lengua.
De este modo, ve constitucionalmente legítimo que el catalán sea el "centro de gravedad" del modelo de bilingüismo en atención a la normalización lingüística en Catalunya, aunque ha criticado que otra cosa es que ocupe casi todo el espacio, ya que en el curso académico al que se refieren las sentencias todas las actividades con los alumnos, incluso el recreo, se realizaban en castellano.
Con esto, el tribunal avisa de que ambas lenguas son vehiculares y deben tener una presencia adecuada en los planes de estudio.
Por ello, las sentencias aseguran que "compete a la Generalitat determinar la proporción en la que han de ser empleadas ambas lenguas oficiales", siempre en relación con las áreas de conocimiento en los diferentes niveles educativos.
Además, las cuatro sentencias anulan la resolución de la Generalitat del 11 de mayo de 2009 de la dirección general de Educación Básica y Bachillerato, que establece el catalán como lengua vehicular de la educación Infantil.
DE BARCELONA Y TARRAGONA
Estas cuatro familias actúan en representación de alumnos del concertado Sagrado Corazón-HH Corazonistas de Barcelona y de los centros públicos Joaquim Abril de Sant Fost de Campcentellles de Barcelona, Els Porxos de Barcelona y Cèsar August de Tarragona.
Estas sentencias no son firmes, de forma que las partes pueden interponer un recurso de casación ante el Tribunal Supremo (TS) antes de diez días.
Estas sentencias se suman a las que en marzo ya dictó el TSJC en las que, pese a salvar el modelo de inmersión lingüística, obligaba a la Generalitat a ofrecer atención lingüística individualizada a tres familias demandantes, aunque solamente el hijo de una de éstas continúa en el sistema educativo.
La Generalitat se comprometió entonces a revisar la atención lingüística que recibe este alumno de tercero de Secundaria.Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha resuelto parcialmente en favor de cuatro familias que solicitaban que el castellano sea lengua vehicular en la educación de sus hijos, por lo que insta a la Generalitat a adoptar "cuantas medidas sean precisas" para adaptar el sistema de enseñanza.
Según el fallo de la Sección Quinta de la Sala Contenciosa del TJSC, se considera el castellano también como lengua vehicular de la educación en Cataluña junto con el catalán, y establece el derecho de las cuatro familias a recibir las comunicaciones, circulares y cualquier documentación escolar también en castellano.
Esta sentencia no es firme, de forma que las partes pueden interponer un recurso de casación ante el Tribunal Supremo (TS) antes de diez días.