Un religioso agustino que administraba el Colegio Los Olivos de Málaga ha sido condenado por el Juzgado de lo Penal 1 de Málaga a un año de prisión por un delito de pornografía infantil después de que se le detectaran en sus ordenadores vídeos de contenido pornográfico.
El religioso explicó que las escenas estéticamente le parecían situaciones agradables y que en algunos casos se excitaba y asimiló las escenas con algunos de los cuadros de Sorolla.
El Tribunal ha tenido en cuenta al dictar sentencia las circunstancias personales del acusado, "religioso y en directo contacto con menores en un centro de enseñanza", por lo que también lo inhabilita para empleo, cargo público o ejercicio de oficio o profesión que pueda tener relación con menores de edad.
Además se le impone la pena de libertad vigilada durante un año, con obligación de hacer un curso de educación sexual, según la sentencia, a la que ha tenido acceso Efe.
Fuentes judiciales han informado a Efe que la sentencia no es firme y que ya ha sido recurrida en apelación en la Audiencia Provincial de Málaga.
El 21 de junio de 2012 los investigadores detectaron en una habitación reservada del centro educativo y donde el acusado tenía sus pertenencias nueve pendrives, tres tarjetas de memoria, dos discos duros internos, diez discos duros externos y 128 DVD con vídeos sobre naturismo así como seis carpetas encriptadas, que el acusado se negó a dar la contraseña.
Además en los ordenados personales del acusado se encontraron archivos creados y encriptados por el acusado que no facilitó la clave y, en otro disco duro, los investigadores pudieron recuperar, ya que habían sido eliminados por el usuario, un total de 1.727 ficheros de imágenes de contenido naturista.
Durante el juicio el acusado reconoció que compró a una operadora canadiense unos vídeos con una de sus tarjetas de crédito, y que en las mismas se veían imágenes de niños desnudos puesto que le gusta el naturismo, pese a que no lo practica y aseguró que la temática que se visionaba en esos vídeos era una "situación normal en esos países".
El religioso explicó que las escenas estéticamente le parecían situaciones agradables y que en algunos casos se excitaba y asimiló las escenas con algunos de los cuadros de Sorolla.
Además apuntó a que su interés por el naturismo le venía por haber recibido una enseñanza demasiado rigurosa y que no dio la contraseña porque había padecido un virus y le habían intentado hacer chantaje para liberarlo del mismo.
La magistrada destaca en la sentencia que el acusado llegó a reconocer que las escenas le producían excitación sexual y que el acusado se ha amparado en la temática naturista aunque, a su entender, el contenido es propiamente de posesión de pornografía infantil, aunque no se trate de una actividad sexual explícita y sí encubierta, por la naturalidad del desnudo de los menores.
"Lo que podría crear engañosa y artificialmente confusión con el concepto del naturismo o del nudismo", destaca la juzgadora, que añade que las imágenes están en entornos cerrados y con evidente ánimo libidinoso y no existen escenas del ser humano en su desnudez con la naturaleza.
Además insiste, la magistrada, "las imágenes de los menores le provocan (al religioso) excitación sexual, todo ello moralmente inadecuada máxime para una persona con la posición académica y religiosa que ostenta el acusado".
Durante el juicio el fiscal explicó que en el 2010 la Interpol efectuó una investigación en las ciudades de Ottawa y Toronto (Canadá) acerca de una empresa distribuidora de pornografía infantil que tenía una facturación de 1,6 millones de dólares canadienses.
Tras las pesquisas se pudo detectar varios ciudadanos españoles que se habían bajado películas de pornografía infantil, entre ellas el religioso agustino.
Málaga
Un año de cárcel para un religioso tras incautarle archivos pedófilos
Se trata de un religioso agustino que administraba el Colegio Los Olivos de Málaga
El Tribunal ha tenido en cuenta al dictar sentencia las circunstancias personales del acusado, "religioso y en directo contacto con menores en un cent
Lo inhabilita para empleo, cargo público o ejercicio de oficio o profesión que pueda tener relación con menores de edad.
Lla sentencia no es firme y ya ha sido recurrida en apelación en la Audiencia Provincial de Málaga.
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